Ley 300-1938 sec. 2

Sección 2.

Year: 1938Length: 37 wordsOfficial source
En ningún tiempo podrán expenderse en la taquilla de un teatro, cine u otro sitio cualquiera destinado a exhibiciones públicas, más localidades especificadas con asientos que las que dispongan los expresados sitios, estén éstos numerados o no.
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