Ley 3-2000 art. 6

Artículo 6. Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación

Year: 2000Length: 441 wordsOfficial source
Rev. 03 de enero de 2025 www.ogp.pr.gov Página 2 de 3 Ley para Traspasar las Ruinas Históricas de la Casa de Juan Ponce de León del ICP al Municipio de Guaynabo [Ley 3-2000] Nota. Este documento fue compilado por personal de la Oficina de Gerencia y Presupuesto del Gobierno de Puerto Rico, como un medio de alertar a los usuarios de nuestra Biblioteca de las últimas enmiendas aprobadas para esta Ley. Aunque hemos puesto todo nuestro esfuerzo en la preparación del mismo, este no es una compilación oficial y podría no estar completamente libre de errores inadvertidos; los cuales al ser tomados en conocimiento son corregidos de inmediato. En el mismo se han incorporado todas las enmiendas hechas a la Ley a fin de facilitar su consulta. Para exactitud y precisión, refiérase a los textos originales de dicha ley y a la colección de Leyes de Puerto Rico Anotadas L.P.R.A.. Las anotaciones en letra cursiva y entre corchetes añadidas al texto, no forman parte de la Ley; las mismas solo se incluyen para el caso en que alguna ley fue derogada y ha sido sustituida por otra que está vigente. Los enlaces al Internet solo se dirigen a fuentes gubernamentales. Los enlaces a las leyes enmendatorias pertenecen a la página web de la Oficina de Servicios Legislativos de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico. Los enlaces a las leyes federales pertenecen a la página web de la US Government Publishing Office GPO de los Estados Unidos de Norteamérica. Los enlaces a los Reglamentos y Ordenes Ejecutivas del Gobernador, pertenecen a la página web del Departamento de Estado del Gobierno de Puerto Rico. Compilado por la Biblioteca de la Oficina de Gerencia y Presupuesto. Véase además la Versión Original de esta Ley, tal como fue aprobada por la Legislatura de Puerto Rico. Véase además las siguientes leyes relacionadas: - Ley 172 del 11 de mayo de 1938, Ley para practicar las investigaciones necesarias a fin de precisar si las ruinas y objetos encontrados en la Carretera No. 2 de San Juan a Bayamón corresponden a la antigua casa en Caparra que en 1508 fundara el conquistador Juan Ponce de León. - Ley 92 de 21 de junio de 1955, Ley para autorizar y ordenar que se reconstruya sobre sus ruinas históricas la casa erigida por don Juan Ponce de León en Villa Caparra (Derogada por la Ley 54 de 16 de junio de 1956). ⇒⇒⇒ Verifique en la Biblioteca Virtual de OGP la Última Copia Revisada (Rev.) para esta compilación. Ir a: www.ogp.pr.gov ⇒ Biblioteca Virtual ⇒ Leyes de Referencia—PATRIMONIO HISTÓRICO. Rev. 03 de enero de 2025 www.ogp.pr.gov Página 3 de 3
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