Ley 64-2021 art. 6

Artículo 6. Término para la Publicación y Convocatoria para atender las Vacantes y Nombramientos de los Integrantes de la Junta de Directores

Year: 2021Length: 102 wordsOfficial source
La primera convocatoria deberá llevarse a cabo dentro de los noventa (90) días posteriores a la aprobación de esta Ley. Las convocatorias posteriores deberán llevarse a cabo, al menos, sesenta (60) días antes del vencimiento de cada uno de los seis cargos mencionados. Las convocatorias deberán ser publicadas en la página de Internet de la Oficina de Protección y Defensa de las Personas con Impedimentos de Puerto Rico y según se establezca en las políticas, reglamentos y procedimientos de la Oficina. Una vez sean nombrados en propiedad seis (6) de los once (11) integrantes, quedará constituida la Junta para efectos de quórum.
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