Cód. Inc. P.R. sec. 2052.06

Sección 2052.06. Exención al combustible usado por un Negocio Exento

Year: 2019Length: 75 wordsOfficial source
(a) Los derivados de petróleo (excluyendo el residual Núm. 6 o bunker C) y cualquier otra mezcla de hidrocarburos (incluyendo gas propano y gas natural) utilizado como combustible por un Negocio Exento bajo este Capítulo en la generación de energía eléctrica o energía térmica utilizada por el Negocio Exento con relación a una Actividad Turística, estarán totalmente exentos de los impuestos bajo las Secciones 3020.07 y 3020.07A del Código de Rentas Internas de Puerto Rico.
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