Ley 10-1995 art. 16
Artículo 16.
Se asigna la cantidad de ciento cincuenta mil dólares ($150,000) anuales, de fondos no comprometidos en el Tesoro Estatal a la Junta de Calidad Ambiental, y de cien mil dólares ($100,000) anuales a la Autoridad de Desperdicios Sólidos hasta alcanzar un total de quinientos mil dólares ($500,000).