US lawPuerto RicoStatutesLey para el Traspaso de Residenciales Públicos de la CRUV a la Administración de Vivienda Pública de Puerto RicoLey para el Traspaso de Residenciales Pú6Ley 134-1994 art. 6Artículo 6.Year: 1994Length: 19 wordsOfficial source Nada de lo dispuesto en esta ley menoscabará los derechos de los tenedores de bonos de la extinta CRUV.PreviousLey 134-1994 art. 5