Ley 153-2013 art. 27
Artículo 27. Relevo de Responsabilidad
Cualquier cláusula contractual sobre relevo de responsabilidad con respecto a las disposiciones de esta Ley, otorgado por un consumidor a una Agencia Rectificadora de Crédito con el propósito de ser eximido del cumplimiento de esta Ley será contraria a la política pública y por tanto será considerada nula. Así también, cualquier contrato que no cumpla con las disposiciones de esta Ley no surtirá efecto alguno. Cualquier intento por obtener un relevo de responsabilidad con el propósito de no cumplir con las disposiciones de esta Ley, será considerado una violación a la misma. Por tanto, dicha conducta podría conllevar entre otros, la revocación de la licencia expedida por el Departamento al amparo de esta Ley para operar como Agencia Rectificadora de Crédito.