Ley 1-2023 art. 6

Artículo 6. Asignación de Fondos

Year: 2023Length: 119 wordsOfficial source
Los fondos necesarios para gastos de funcionamiento de la OPAL serán consignados en el Presupuesto General de Gastos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Estos fondos estarán destinados a los gastos administrativos requeridos para organizar, comenzar y continuar la operación de la OPAL hasta que se le designe una cantidad presupuestaria mayor o adicional. De no establecérsele una cantidad adicional en el Presupuesto General del año fiscal subsiguiente, o de no aprobarse dicho presupuesto, se le asignará una cantidad mínima automática equivalente a $3,000,000 hasta que se disponga lo contrario. No obstante, su presupuesto inicial será de un millón quinientos mil dólares ($1,500,000), según establecido en el Presupuesto General para el Año Fiscal 2021-2022, según enmendado y certificado.
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