P.R. Const. art. VI, § 16

Constitución de Puerto Rico Artículo VI, Sección 16

Year: 1952Length: 51 wordsOfficial source
Todos los funcionarios y empleados del Estado Libre Asociado, sus agencias, instrumentalidades y subdivisiones políticas prestarán antes de asumir las funciones de sus cargos, juramento de fidelidad a la Constitución de los Estados Unidos de América y a la Constitución y a las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
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