P.R. Const. art. VI, § 15

Constitución de Puerto Rico Artículo VI, Sección 15

Year: 1952Length: 51 wordsOfficial source
La Asamblea Legislativa determinará todo lo concerniente a la Bandera, el Escudo y el Himno del Estado Libre Asociado. Una vez así establecidos, cualquier ley que los cambie no comenzará a regir hasta un año después de celebradas las elecciones generales siguientes a la fecha de la aprobación de dicha ley.
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