PR Carta Circular Núm. CC-2013-1846-SR

Requisito Mandatorio de Capacitación Sobre el Código de Seguros de Salud y el "Affordable Care Act"

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[LOGO] ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS 26 de noviembre de 2013 # CARTA CIRCULAR NÚM.: CC-2013-1846-SR A TODOS LOS REPRESENTANTES AUTORIZADOS Y PRODUCTORES AUTORIZADOS A GESTIONAR CUBIERTAS DE SEGUROS DE SALUD Y/O PLANES DE CUIDADO DE SALUD EN PUERTO RICO # REQUISITO MANDATORIO DE CAPACITACIÓN SOBRE EL CÓDIGO DE SEGUROS DE SALUD Y EL "AFFORDABLE CARE ACT" Estimados señoras y señores: Las normas aplicables al mercado de planes médicos han experimentado cambios significativos a raíz de la aprobación de la legislación federal conocida como "Affordable Care Act", ("ACA" por su siglas en inglés), así como del Código de Seguros de Salud de Puerto Rico, Ley 194-2011, según enmendada. La implementación adecuada de estas disposiciones requiere que los participantes de esta industria se desempeñen conforme a los más elevados criterios de excelencia y eficacia, y que respondan a las necesidades de los tiempos y a los cambios que ocurran en la industria de seguros. En el descargue de su deber ministerial de regular la industria de seguros y de proteger el interés público según esbozado en el Artículo 2.030(2), la Oficina del Comisionado de Seguros ha tomado varias medidas tendentes a garantizar que los intermediarios de seguros estén versados en estos temas y puedan asesorar adecuadamente a sus clientes. Las medidas implantadas para la consecución de estos fines son las siguientes: 1. Se modificó el examen que suministra la oficina para los aspirantes a las licencias de incapacidad y salud, o servicios de salud a los fines de comprobar que éstos conocen las nuevas normas que regulan los planes médicos. Para ello, se actualizó el material de estudio que adquieren estos aspirantes con material educativo relacionado al Código de Seguros de Salud y el "Affordable Care Act" ("ACA"). B5 Calle Tabonuco Suite 216 • PMB 356 • Guaynabo, PR 00968-3029 • Tel: (787) 304-8686 • Fax: (787) 273-6082 www.ocs.gobierno.pr 2 2. Se establece como medida transitoria por los próximos dos años que todos los productores y representantes autorizados con licencia para gestionar planes médicos o planes de cuidado de salud muestren evidencia, en o antes de su próxima renovación de licencia, que se han capacitado y han tomado cursos de educación continua, de por lo menos 3 horas contacto, sobre temas relacionados con el Código de Seguros de Salud y ACA. Estas normas serán aplicables a las renovaciones que se tramiten a partir del 1 de enero de 2014. Se advierte además, que conforme al Artículo 9.460 (1)(b) del Código de Seguros, el incumplimiento con esta directriz será razón suficiente para denegar la renovación de la licencia. 3. Los cursos y/o seminarios que cualifiquen para satisfacer el anterior requisito, serán aquellos que hayan sido previamente acreditado por nuestra oficina como curso de educación continua y que cumplan con las disposiciones de la Regla 52 del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico. La Oficina le dará prioridad a la evaluación y acreditación de estos cursos de manera tal que aumente la oferta y disponibilidad de los mismos. 4. La Oficina está proveyendo un curso de educación continua sobre este tema para facilitar el cumplimiento con este requisito temporero según notificado en la Carta Circular CC-2013-1838-SR. Se exige estricto cumplimiento con lo establecido en esta Carta Circular. Cordialmente, Ángela Weyne-Roig Comisionada de Seguros
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