PR Carta Circular Núm. T-4-416-68
Renovación de licencia
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
Apartado 11217 - Est. Fdez. Juncos
Santurce, Puerto Rico 00910
300
Carta Circular Núm. T-4-416-68
25 de abril de 1968
# A LOS AJUSTADORES DE PERDIDAS DE SEGUROS
Estimados señores:
El Artículo 9.420 del Código de Seguros de Puerto Rico dispone que antes de la medianoche del 30 de junio de cada año se pagará al Comisionado de Seguros el derecho por cada licencia cuya renovación se desee.
A fin de iniciar la labor de renovación de licencias con tiempo suficiente para que todo el personal tenga sus nuevos certificados al comenzar el año fiscal 1968-69, es necesario que para en o antes del 15 de mayo de 1968 se nos envíe el derecho de la nueva licencia acompañado del formulario de solicitud de renovación adjunto.
Los Ajustadores Independientes sólo enviarán el derecho de su licencia, mientras que los Ajustadores Públicos deberán someter también el Certificado de Continuación de su fianza.
Los derechos de licencia son como sigue:
| Ajustador Público | $10.00 |
| --- | --- |
| Ajustador Independiente | $10.00 |
| Corporaciones o Sociedades | $10.00 por cada persona nombrada en la licencia de la corporación o sociedad como autorizada a actuar a nombre de ella. |
El pago de los derechos deberá hacerse en cheque o giro postal a nombre del Secretario de Hacienda de Puerto Rico a través de esta Oficina. Favor de no enviar sellos de rentas internas para este concepto.
Deseamos advertirles que toda solicitud de renovación que se reciba después del 1 de julio de 1968 se hará efectiva a la fecha en que el derecho se reciba en esta Oficina. No se renovarán licencias con fecha retroactiva al 1 de julio. Entenderemos que no se desea renovar una licencia si los derechos de renovación no se reciben antes de la fecha de expiración de la misma, del 15 de mayo de 1968.
Cordialmente,
Anejo
Julio R. Hernández
Comisionado de Seguros
POR FAVOR ENVÍE CON SU CHEQUE LA SOLICITUD DE RENOVACIÓN
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
Apartado 11217 - Est. Fdez. Juncos
Santurce, Puerto Rico 00910
Fecha
# AL HONORABLE COMISIONADO DE SEGUROS
Acompaño giro o cheque por $_______ pagadero al Secretario de Hacienda de Puerto Rico en pago del derecho de renovación de mi licencia de Ajustador Independiente para el año fiscal 1968-69.
Deseo informarle que, como Ajustador Independiente, trabajo por mi cuenta o en el Departamento de Reclamaciones de la siguiente compañía de seguros o agente general ________________________
o en la siguiente firma de Ajustadores ________________________.
Cordialmente,
Nombre del Ajustador
Firma
Dirección
Zip Code
Telfino
P. D. Las corporaciones o sociedades con licencia de Ajustador Independiente ni los Ajustadores Públicos tendrán que llenar este formulario. En su caso bastará con que nos envíe el derecho de licencia solamente. Los demás Ajustadores deberán llenar este formulario, no importa que el derecho de licencia sea pagado por la compañía o firma para la cual trabajan.