PR Carta Circular Núm. T-4-476-70
Renovación de licencia
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
Apartado 3508 - Est. Viejo San Juan
San Juan, Puerto Rico 00904
Carta Circular Núm. T- 4-476-70
20 de abril de 1970
# A LOS AJUSTADORES DE PERDIDAS DE SEGUROS
Estimados señores:
El Artículo 9.420 del Código de Seguros de Puerto Rico
dispone que antes de la medianoche del 30 de junio de cada
año se pagará al Comisionado de Seguros el derecho por cada
licencia cuya renovación se desee.
A fin de iniciar la labor de renovación de licencias
con tiempo suficiente para que todo el personal tenga sus nuevos ce
certificados al comenzar el año fiscal 1970-71, es necesario
que para en o antes del 15 de mayo de 1970 se nos envíe el
derecho de la nueva licencia acompañado del formulario de solicitud de renovación adjunto.
Los Ajustadores Independientes sólo enviarán el derecho
de su licencia y la solicitud de renovación mientras que los
Ajustadores Públicos deberán someter también el Certificado
de Continuación de su fianza.
Los derechos de licencia son como sigue:
| Ajustador Público | $10.00 |
| --- | --- |
| Ajustador Independiente | $10.00 |
| Corporaciones o Sociedades | $10.00 |
por cada persona
nombrada en la licencia de la corporación
o sociedad como autorizada a actuar a nombre
de ella.
El pago de los derechos deberá hacerse en cheque o giro
postal a nombre del Secretario de Hacienda de Puerto Rico a
través de esta Oficina. Favor de no enviar sellos de Rentas
Internas para este concepto.
Deseamos advertirles que toda solicitud de renovación que
se reciba después del 1 de julio de 1970 se hará efectiva a la
fecha en que el derecho se reciba en esta Oficina. No se renovarán licencias con fecha retroactiva al 1 de julio. Entenderemos que no se desea renovar una licencia si los derechos de
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renovación no se reciben en o antes del 15 de mayo próximo.
Cordialmente,
Pedro J. Fernández Badillo
Comisionado de Seguros
Anexo
POR FAVOR ENVIE CON SU CREQUE LA SOLICITUD DE RENOVACION
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
Apartado 3508 - Est. Viejo San Juan
San Juan, Puerto Rico 00904
Fecha
# AL HONORABLE COMISIONADO DE SEGUROS
Acompaño giro o cheque por $____ pagadero al Secretario
de Hacienda de Puerto Rico en pago del derecho de renovación de
mi licencia de Ajustador Independiente para el año fiscal
1970-71.
Deseo informarle que, como Ajustador Independiente, trabajo por mi cuenta o en el Departamento de Reclamaciones de la
siguiente compañía de seguros o agente general ____________
o en la siguiente firma de Ajustadores ____________.
Cordialmente,
Nombre del Ajustador
Firma
Dirección
Zip Code
Teléfono
P. D. Las corporaciones o sociedades con licencia de Ajustador
Independiente ni los Ajustadores Públicos tendrán que llenar
este formulario. En su caso bastará con que nos envíen el
derecho de licencia solamente. Los demás Ajustadores deberán
llenar este formulario, no importa que el derecho de licencia
sea pagado por la compañía o firma para la cual trabajan.