PR Carta Normativa Núm. 2012-138-AP
Pólizas de Condominio
GOBIERNO DE PUERTO RICO
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
20 de enero de 2012
# CARTA NORMATIVA NÚM.: 2012-138-AP
A TODOS LOS PRODUCTORES Y REPRESENTANTES AUTORIZADOS A NEGOCIAR SEGUROS DE PROPIEDAD EN PUERTO RICO
# PÓLIZAS DE CONDOMINIO
Estimados señoras y señores:
Desde hace varios años las entidades federales Administración Federal de Vivienda "Federal Housing Administration (FHA)" y "Fannie Mae", establecieron determinados requisitos para el financiamiento de apartamentos en condominios de más de veinte (20) unidades de vivienda.
Parte de los requisitos establecidos por dichas entidades federales exigían la obtención por parte del condominio de una Fianza o Seguro de Fidelidad (Fidelity Bond o Fidelity Insurance) que cubriera tres (3) veces la cantidad de la cuota de mantenimiento mensual de todos los apartamentos más las reservas de éstos. La Junta de Directores del condominio deberá mantener dicha fianza o seguro, de suerte que queden cubiertos todos los directores, oficiales y empleados de la Junta de Directores, así como todas aquellas personas responsables por el manejo y administración de los fondos del condominio.
Es importante recalcar a toda persona que mercadee seguros de propiedad en Puerto Rico, que al momento de hacer la cotización, mercadeo, y suscripción de un seguro de propiedad para condominios se tome en consideración dichos requisitos.
Se requiere estricto cumplimiento con lo establecido en esta Carta Normativa.
Cordialmente,
Ramón L. Cruz Colón, CPCU, ARe, AU
Comisionado de Seguros
PUERTO RICO
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