PR Carta Normativa Núm. CN-2018-231-D
Derogación de Periodo de Gracia de Pago de Primas Establecido en las Cartas Normativas Núm. CN-2017-221-D, CN-2017-222-D y CN-2017-227-D
GOBIERNO DE PUERTO RICO
Oficina del Comisionado de Seguros
10 de enero de 2018
# CARTA NORMATIVA NÚM. CN-2018-231-D
A TODAS LAS ORGANIZACIONES DE SEGUROS DE SALUD, ASEGURADORES AUTORIZADOS, CLUBES O ASOCIACIONES DE AUTOMOVILISTAS, PROVEEDORES DE CONTRATOS DE SERVICIO, SOCIEDADES FRATERNALES, AGENTES GENERALES Y PÚBLICO EN GENERAL
DEROGACIÓN DE PERIODO DE GRACIA DE PAGO DE PRIMAS ESTABLECIDO EN LAS CARTAS NORMATIVAS NÚM. CN-2017-221-D, CN-2017-222-D Y CN-2017-227-D
Estimados señores y señoras:
Como es de su conocimiento, en atención a la situación de emergencia en Puerto Rico a consecuencia del impacto del Huracán María, mediante las Cartas Normativas Núm. CN-2017-221-D, CN-2017-222-D y CN-2017-227-D, de 28 de septiembre, 4 y 16 de octubre de 2017, respectivamente, la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) emitió unas directrices con las que estableció, entre otras cosas, un periodo de gracia de pago de primas.
En vista de que a esta fecha el acceso de la ciudadanía a los servicios de comunicaciones ha comenzado a normalizarse, y con el fin de viabilizar con prontitud la completa recuperación de la actividad económica en la industria de seguros, mediante la presente Carta Normativa se notifica la determinación de derogar a partir del 15 de enero de 2018, el periodo de gracia para el pago de primas concedido en las Cartas Normativas Núm. CN-2017-221-D, CN-2017-222-D y CN-2017-227-D. Con dicha derogación, se deja sin efecto el periodo de gracia establecido en las referidas cartas normativas a las cubiertas, pólizas o contratos de seguros cuyo pago de prima venza en o después de 15 de enero de 2018.
La derogación del periodo de gracia para el pago de primas aquí dispuesta no conlleva la derogación de las demás disposiciones establecidas en las Cartas Normativas Núm. CN-2017-221-D, CN-2017-222-D y CN-2017-227-D.
Se requiere el estricto cumplimiento con la presente Carta Normativa.
Cordialmente,
Javier Rivera Ríos, LUTCF
Comisionado de Seguros de Puerto Rico
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