PR Carta Circular Núm. CC-2026-2055-D

Notificación De La Determinación Del Panel De Apelación De La Naic Y Estatus Del Proceso De Acreditación De La Oficina Del Comisionado De Seguros De Puerto Rico.

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OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS GOBIERNO DE PUERTO RICO 22 de enero de 2026 CARTA CIRCULAR: CC-2026-2055-D # A TODAS LAS ENTIDADES REGULADAS POR LA OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS Y AL PÚBLICO EN GENERAL # NOTIFICACIÓN DE LA DETERMINACIÓN DEL PANEL DE APELACIÓN DE LA NAIC Y ESTATUS DEL PROCESO DE ACREDITACIÓN DE LA OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS DE PUERTO RICO Estimados señores y señoras: La Oficina del Comisionado de Seguros (OCS), informa que el Panel de Apelación de la National Association of Insurance Commissioners (NAIC), confirmó la determinación adoptada por el Financial Regulation Standards and Accreditation (F) Committee de la NAIC (Comité F), durante el Spring National Meeting de marzo de 2025, conforme al récord administrativo existente al momento de dicha evaluación, mediante la cual se suspendió la acreditación de Puerto Rico bajo los Estándares de Acreditación (Part A Accreditation Standards). Dicha determinación respondió a que, al momento de la evaluación del Comité F, aún no se había aprobado la legislación requerida por la NAIC para regular a los aseguradores y reaseguradores internacionales que operan como entidades multiestatales en los Estados Unidos, lo que mantenía vigente una exposición al riesgo regulatorio identificada por dicho organismo. Es importante precisar que el rol del Panel de Apelaciones de la NAIC se limita estrictamente a evaluar si la determinación adoptada por el Comité F en marzo de 2025 fue correcta a la luz del récord administrativo existente en ese momento. Dicho Panel no reevalúa hechos posteriores ni sustituye el juicio del comité con base en desarrollos ocurridos con posterioridad a la fecha de la determinación apelada. Cabe señalar que, Appeal Hearing Panel de la National Association of Insurance Commissioners determinó que la suspensión adoptada en marzo de 2025 estuvo debidamente sustentada en evidencia sustancial contenida en el récord PO Box 195415, San Juan, Puerto Rico 00919 ☎ 787-304-8686 🌐 www.ocs.pr.gov OCS Office de Costos de Contabilidad de Seguros CC-2026-255-D Página 2 administrativo de ese momento. Asimismo, el Panel reconoció los esfuerzos recientes de la Oficina del Comisionado de Seguros y del Gobierno de Puerto Rico para atender el señalamiento identificado y encaminar el proceso hacia el restablecimiento de la acreditación conforme a los Estándares de la NAIC. En ese contexto, al momento en que el Comité F adoptó su determinación en marzo de 2025, la legislación requerida para atender el señalamiento relacionado con los aseguradores internacionales multiestatales aún se encontraba en trámite legislativo, por lo que la exposición al riesgo regulatorio persistía y no había sido formalmente subsanada. Bajo ese récord, la determinación respondió a la situación existente en ese momento. Es fundamental destacar que este señalamiento fue atendido con carácter de urgencia por la Gobernadora de Puerto Rico, Hon. Jenniffer González Colón, y la Asamblea Legislativa mediante la aprobación de la Ley Núm. 130 del 24 de noviembre de 2025 (Ley-130), que estableció el marco regulatorio necesario para que los aseguradores y reaseguradores internacionales multiestatales cumplan con los requisitos de los Estándares de Acreditación de la NAIC. Esta acción fue reconocida formalmente por el Comité F, según consta en su carta del 9 de diciembre de 2025. Resaltamos que conforme dicha comunicación, la aprobación de la Ley-130 encamina a Puerto Rico hacia el cumplimiento con los Estándares de Acreditación. Además, en esa misiva el Comité F reconoció expresamente el esfuerzo realizado por el Gobierno de Puerto Rico en un periodo de tiempo extraordinariamente breve. En, la carta establece lo siguiente: "We believe that the passage of Act 130-2025 (the Act) would put Puerto Rico on a trajectory to come into compliance with the Part A Accreditation Standards with respect to multistate international insurers. We recognize that the passage of the Act was a monumental achievement, especially within such a short time frame. As discussed at the Committee's December 8, 2025 meeting, the OCI (OCS- por sus siglas en inglés) is asked to continue working with NAIC Accreditation staff to prepare a Corrective Action Plan (CAP) to be provided to the Committee at your earliest convenience. Once received, the Committee has committed to Puerto Rico that it will hold a dedicated meeting within 45 days to reevaluate Puerto Rico's Accreditation status from suspension to probation". CC-2026-255-D Página 3 Precisamente por ello, y una vez atendido el señalamiento mediante la aprobación de la Ley-130, el proceso actual ante la NAIC no se centra en reabrir la determinación de marzo, sino en evaluar el progreso alcanzado y considerar el cambio del estatus de la acreditación de suspendido, a acreditado en probatoria, conforme al marco ordinario del Programa de Acreditación. En esa línea, la OCS presentó ante el Comité F, durante el Fall National Meeting de la NAIC, las gestiones realizadas por el Gobierno de Puerto Rico para restablecer la acreditación. Asimismo, el 19 de diciembre de 2025, sometió a la NAIC el Plan de Acción Correctivo (Corrective Action Plan – CAP) requerido para considerar el cambio de estatus de la acreditación en la reunión a ser pautada para febrero. La OCS se ha mantenido en constante comunicación y coordinación con el personal de acreditación de la NAIC durante todo este proceso. Estos esfuerzos reflejan nuestro compromiso con la estabilidad regulatoria, la transparencia, la protección de los asegurados y el fortalecimiento continuo de la gestión pública que vela porque Puerto Rico cuente con una industria de seguros sólida y confiable. Confiamos razonablemente que, durante la reunión a ser pautada por el Comité F, se evaluará favorablemente el progreso alcanzado, y se considere la modificación de estatus, conforme al marco ordinario del Programa de Acreditación y a tenor con las expresiones de la NAIC esbozadas en la carta del 9 de diciembre de 2025. Esto permitiría completar la transición regulatoria dispuesta por la Ley-130 y continuar avanzando hacia el restablecimiento del estatus pleno de acreditación. La OCS reafirma su compromiso con la transparencia, con su deber como agencia reguladora y con la protección de los consumidores, y continuará trabajando con diligencia para culminar este proceso conforme a los más altos estándares regulatorios. Cordialmente, Lcda. Suzette Del Valle Lecároz Comisionada de Seguros
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