PR Carta Circular Núm. 83-946-12-AM
Requisitos de Educación Continua
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
# OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
AL CONTESTAR, FAVOR
REFERIRSE A
29 de diciembre de 1983
CARTA CIRCULAR NUM. AM-12-946-83
A TODOS LOS AGENTES GENERALES Y GERENTES DE ASEGURADORES
EXTRANJEROS AUTORIZADOS A TRAMITAR NEGOCIO DE SEGUROS EN
PUERTO RICO
Asunto: Requisitos de Educación
Continua
Estimados señores:
La Ley Núm. 86 de 4 de junio de 1983, concede la facultad al
Comisionado de Seguros para adoptar reglamentación dirigida a
exigir requisitos de educación continua a todos los agentes, co-
rredores, solicitadores y consultores de seguros autorizados por
nuestra Oficina para hacer negocios de seguros en Puerto Rico.
Conforme a dicha facultad, y con fecha del 31 de octubre de
1983, se aprobó la Regla LII del Reglamento del Código de Seguros
de Puerto Rico, la cual establece en detalle los requisitos que
se habrán de exigir anualmente, como condición para la renovación
de las licencias antes mencionadas.
En vista de la importancia que esta regla reviste para el
mejoramiento profesional de nuestros agentes, corredores, solici-
tadores y consultores, le incluimos copia de la misma, de forma
tal que puedan hacer llegar la información y orientación debida a
sus respectivos productores.
Cordialmente,
Anejo: Regla LII
Apartado 3508 — Estación Viejo San Juan — San Juan, Puerto Rico 00904