PR Carta Circular Núm. 88-1116-3-LE
Renovación de licencias para el 1988-89
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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
30 de marzo de 1988
Carta Circular Núm. LE-3-1116-88
# A TODOS LOS CONSULTORES DE SEGUROS
Re: Renovación de licencias para el 1988-89
Estimados señores:
El Artículo 9.420(1) del Código de Seguros de Puerto Rico dispone que antes de la medianoche del 30 de junio de cada año, se pagará al Comisionado de Seguros el derecho por cada licencia cuya renovación se desee.
De suerte que dichas licencias queden renovadas al 1 de julio de 1988, es necesario que en o antes del 20 de abril de 1988, se nos envíe el derecho de licencia, el cual en su caso asciende a $200. El pago deberá hacerse en cheque certificado o giro postal a nombre del Secretario de Hacienda, acompañado del modelo adjunto debidamente lleno, del certificado de continuación de su fianza por la suma de $10,000.00 y de un sobre manila tamaño carta pre-dirigido y pre-franqueado.
Deseamos advertirles que toda solicitud de renovación que se reciba después del 1 de julio de 1988, se hará efectiva a la fecha en que el derecho se reciba en esta Oficina y no se renovará con fecha retroactiva al 1 de julio de 1988. Entenderemos que no se desea renovar una licencia si los derechos de renovación no se reciben antes de la fecha de expiración de la misma.
Para el cumplimiento con los requisitos de educación continua, establecidos en la Regla LII del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico, cada tenedor de licencia sujeto a dicha Regla, debe haber recibido ya una comunicación especificando el procedimiento que éste habrá de seguir para informar directamente a nuestra Oficina los cursos y seminarios de educación continua que haya aprobado durante el año fiscal 1987-88.
Apartado 8330 — Estación Fdez. Juncos — Santurce, Puerto Rico 00910 - 8330
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Agradeceremos den cumplimiento estricto a las anteriores directrices.
Cordialmente,
Juan Antonio García
Comisionado de Seguros
Anejo
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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
# OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
Solicitud de Renovación de Licencia de Consultor de Seguros
Fecha
Al Honorable Comisionado de Seguros:
Acompaño giro postal o cheque certificado por $200.00, pagadero al Secretario de Hacienda de Puerto Rico, por concepto de la renovación de la licencia de Consultor de Seguros para el año 1988-89.
A continuación presentamos la siguiente información para el trámite de la referida renovación:
Nombre
Apellido Paterno Apellido Materno Nombre
Número de Seguro Social
Dirección Postal
Dirección del Sitio de Negocios
Núm. de Teléfono
Firma
NOTA: Envíe este formulario en original y copia con los derechos correspondientes.
Para uso de la Oficina del Comisionado de Seguros
Recibo Oficial Núm.
Licencia Núm.
Fecha de envío