PR Carta Circular Núm. 89-1152-2-LE
Renovación de licencias para el 1989-90
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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
13 de febrero de 1989
CARTA CIRCULAR NUM. LE-2-1152-89
# A TODOS LOS CORREDORES Y AGENTES DE SEGUROS CON SOLICITADORES NOMBRADOS Y AUTORIZADOS
Re: Renovación de licencias para el 1989-90
Estimados señores:
El Artículo 9.420(1) del Código de Seguros de Puerto Rico dispone que antes de la medianoche del 30 de junio de cada año, se pagará al Comisionado de Seguros el derecho por cada licencia cuya renovación se desee. La solicitud de la renovación de la licencia de un solicitador deberá ser presentada por el agente o corredor por quien fue nombrado el solicitador.
A fin de procesar las licencias de solicitadores y que las mismas queden renovadas al 1 de julio de 1989, es necesario que en o antes del 15 de abril de 1989, se nos envíe el derecho correspondiente, el cual asciende a $15.00 por cada licencia. El pago deberá hacerse en cheque certificado o giro postal pagadero al Secretario de Hacienda, acompañado del modelo adjunto debidamente lleno y de un sobre manila tamaño carta pre-dirigido y pre-franqueado.
Deseamos advertirles que toda solicitud de renovación que se reciba después del 1 de julio de 1989, se hará efectiva a la fecha en que el derecho se reciba en esta Oficina. No se renovará licencia alguna con fecha retroactiva al 1 de julio de 1989. Entenderemos que no se desea renovar una licencia si los derechos de renovación no se reciben antes de la fecha de expiración de la misma.
Para el cumplimiento con los requisitos de educación continua, establecidos en la Regla LII del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico, cada tenedor de licencia, sujeto a dicha Regla, debe haber recibido ya una comunicación especificando el procedimiento que éste habrá de seguir para informar directamente a nuestra Oficina los cursos y seminarios de educación continua que haya aprobado durante el año fiscal 1988-89.
Apartado 8330 — Estación Fdez. Juncos — Santurce, Puerto Rico 00910 - 8330
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Agradeceremos se dé cumplimiento estricto a las anteriores directrices.
Cordialmente,
Ramón L. Cruz
Comisionado de Seguros,
Interino
Anejo
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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
# OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
Solicitud de Renovación de Licencia de Solicitador
Fecha
AL HONORABLE COMISIONADO DE SEGUROS:
Acompaño cheque certificado o giro postal por $_______
pagadero al Secretario de Hacienda de Puerto Rico, por concepto
de la renovación de las licencias de Solicitador de Seguros para
el año fiscal 1989-90.
A continuación se presenta un listado de los solicitadores
cuyas licencias deberán ser renovadas por su Oficina:
| Nombre del Solicitador | Licencia Núm. (No escriba aquí) |
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Nombre del agente o corredor
que solicita la renovación
Firma
NOTA: Envíe este formulario en original y copia con los derechos
correspondientes.
Para uso de la Oficina del Comisionado de Seguros
Recibo Oficial Núm.
Fecha de envío
OCS-RS