PR Carta Circular Núm. 2009-1802-AV
Re: Circular 2009-1797-AV
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
1 de julio de 2009
Carta Circular Núm.: 2009-1802-AV
# A TODOS LOS ASEGURADORES AUTORIZADOS A HACER NEGOCIO EN PUERTO RICO
Estimados señoras y señores:
Esta Oficina emitió el 5 de febrero de 2009 la Carta Circular 2009-1797-AV, mediante la cual refirió a todos los aseguradores autorizados a suscribir seguro de incapacidad en Puerto Rico, a que adopten un endoso particular allí contenido.
Hemos advenido en conocimiento de que no todos los aseguradores adoptaron dicho endoso, ello por razón de alegar que no les aplicaba. A los fines de clarificar cualquier duda que hubiera surgido en torno a la aplicabilidad de la misma, indicamos que dicho endoso es mandatorio para todos los aseguradores autorizados a hacer negocios en Puerto Rico, con carácter prospectivo a partir de la emisión de la carta circular antes mencionada.
Requerimos a todos los aseguradores el estricto cumplimiento con las instrucciones aquí impartidas.
Cordialmente,
Ramón L. Cruz Colón, CPCU, ARe, AU
Comisionado de Seguros
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