PR Carta Circular Núm. A-12-437-68
Informe anual
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
Apartado 11217 - Est. Fernández Juncos
Santurce, Puerto Rico
Carta Circular No. A-12-437-68
2 de diciembre de 1968
# A TODOS LOS DEPARTAMENTOS,
AUTORIDADES Y AGENCIAS DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO
DE PUERTO RICO
Estimados señores:
Esta Oficina viene obligada a incluir en el informe anual
al Gobernador un análisis de los seguros que todos los departamentos, autoridades y agencias efectuaron durante el año. Dispone
el Código de Seguros de Puerto Rico que los seguros del Estado
tendrán tarifas diferentes a las de otros seguros, cuando el
Comisionado determine que así se justifica.
Para dar cumplimiento a estas obligaciones, nuestra Oficina
estableció la debida reglamentación, la cual forma parte del
Reglamento promulgado en conjunción con el Código de Seguros.
La Regla XXIII de este Reglamento establece que la información
sea enviada al Comisionado de Seguros a más tardar el 31 de marzo
de cada año.
Queremos por este medio recordarles la necesidad de que esta
información sea suministrada a su debido tiempo y a tal fin estamos
incluyendo los modelos #1 (Registro de Pólizas en Vigor) y #2
(Registro de Pérdidas) para que los mismos sean cumplimentados
dentro del tiempo reglamentario.
-2-
mucho hemos de agradecer su más decidida cooperación en este asunto.
Cordialmente,
C. Rodríguez Vélez
Comisionado Auxiliar de Seguros
Anejo