PR Carta Circular Núm. AC-IV-1379-95
Renovación de licencias para el 1995-96

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
Carta Circular AC-IV-1379-95
11 de abril de 1995
# A TODOS LOS CONSULTORES DE SEGUROS
Re: Renovación de licencias para el 1995-96
Estimados señores:
Su licencia de consultor de seguros expira en la medianoche del 30 de junio de 1995.
Para que dicha licencia quede renovada al 1 de julio de 1995, es necesario que antes del 29 de abril de 1995, nos envíen el modelo adjunto debidamente lleno, acompañado del certificado de continuación de su fianza por la suma de $10,000, un cheque certificado o giro postal por la cantidad de $200, pagadero al Secretario de Hacienda, y un sobre manila tamaño carta pre-dirigido y pre-franqueado.
Le advertimos que toda solicitud que se reciba después del 15 julio de 1995, no será considerada por esta Oficina como una renovación, por lo que el solicitante deberá presentar una nueva solicitud de licencia de conformidad con el referido Código.
Exigimos den cumplimiento estricto a las anteriores directrices.
Cordialmente,
Juan Antonio García
Comisionado de Seguros
Anejo
Apartado 8330 — Estación Fdez. Juncos — Santurce, Puerto Rico 00910 - 8330
Tel. (809) 722-8686, Fax (809) 722-4400
[LOGO]
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
## SOLICITUD DE RENOVACION DE LICENCIA DE CONSULTOR DE SEGUROS PARA EL AÑO FISCAL 1995-96
Fecha____________________
A continuación se presenta la siguiente información para el trámite de la referida renovación:
Nombre____________________________________________________
Apellido Paterno Apellido Materno Nombre
Número de Seguro Social ________________________
Dirección Postal____________________________________________________
Dirección del Sitio de Negocios ______________________________________
Núm. de Teléfono ____________________
Firma ____________________
NOTA: Envíe este formulario en original y copia, con los derechos correspondientes en un cheque certificado o giro postal pagadero al Secretario de Hacienda. Deberá acompañar además el certificado de continuación de fianza.
No haga anotaciones debajo de esta línea.
OCS-RL-10