PR Carta Circular Núm. AE-1-790-80
Informe semestral e informe de pérdidas a ser rendidos por los Corredores de Líneas Excedentes
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
San Juan, Puerto Rico
7 de enero de 1980
Carta Circular No. AE-1-790-80
# A TODOS LOS CORREDORES DE LINEAS EXCEDENTES
ASUNTO: Informe Semestral e Informe de Pérdidas a ser rendidos por los Corredores de Líneas Excedentes.
Estimados señores:
A tenor con las disposiciones de la Sección 204-1910 del Reglamento de Seguros, según enmendado, todo corredor de líneas excedentes informará semestralmente al Comisionado de Seguros en los modelos que éste le suministre y dentro del mes siguiente al semestre del informe, aquellas transacciones llevadas a cabo con aseguradores elegibles de líneas excedentes.
Además del informe semestral antes mencionado, conforme a las disposiciones del Artículo 10.140 (3) del Código de Seguros, será deber del corredor de líneas excedentes informar al Comisionado, en los modelos que éste le suministre, cualquier pérdida incurrida con arreglo a una cubierta de seguros de líneas excedentes obtenida por el corredor.
Acompañamos copias de los modelos del informe semestral y del informe de pérdidas a ser radicado por ustedes en o antes del 31 de enero de 1980 y correspondiente al semestre que termina el 31 de diciembre de 1979.
Por la presente, se exige a todos los corredores de líneas excedentes, cumplimiento estricto con las disposiciones de esta circular.
Cordialmente,
Lic. Rolando Cruz
Comisionado de Seguros