PR Carta Circular Núm. AE-11-824-80
Informes semestrales

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
# OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
8 de diciembre de 1980
Carta Circular AE-11-824-80
A TODOS LOS ASEGURADORES DEL PAÍS Y A TODOS
LOS AGENTES GENERALES Y GERENTES
DE ASEGURADORES EXTRANJEROS
Re: Informes Semestrales
Estimados señores:
A tenor con lo dispuesto en los Artículos 1 y 2 de la Regla XV del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico, los aseguradores del país y los agentes generales o gerentes de aseguradores extranjeros informarán al Comisionado durante el mes de enero de 1981, las transacciones efectuadas durante el semestre terminado el 31 de diciembre de 1980.
La información incluida en estos informes debe ser remitida en el modelo suministrado por esta Oficina y debe ser obtenida de sus propios récords y no de los que le envía el asegurador que usted representa. En aquellos casos en que no se haya efectuado transacción alguna, siempre deberá rendirse el informe con la anotación "ninguna transacción efectuada".
Deseamos informarle que usted tiene hasta el próximo 31 de enero de 1981, para rendir el referido informe. Todo aquel que deje de rendir dicho informe antes de la fecha indicada incurrirá en una violación a la regla señalada, lo cual conllevará, de acuerdo con el Artículo 2.040 (2) del referido Código, una multa administrativa no mayor de quinientos dólares ($500) por cada informe dejado de rendir.
Cordialmente,
Lic. Rolando Cruz
Comisionado de Seguros
ANEJO:
Modelo I
Modelo II
San Juan, Puerto Rico 00904