PR Carta Circular Núm. AE-2-871-82
Informe anual
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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
18 de febrero de 1982
CARTA CIRCULAR NUM. AE-2-871-82
A TODAS LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS DE SALUD AUTORIZADAS EN PUERTO RICO
Asunto: Informe Anual
Estimados señores:
El Artículo 19.090 del Código de Seguros de Puerto Rico, 26 LPRA sec. 1909, dispone que:
"(1) Cada organización de servicios de salud, deberá presentar anualmente al Comisionado, con copia al Secretario de Salud, en o antes del 31 de marzo, un estado exacto certificado por un contador público autorizado y suscrito bajo juramento por dos de sus principales funcionarios, cubriendo el año precedente.
Dicho informe se hará en los formularios que prescriba el Comisionado e incluirá:
- (a) La situación económica de la organización, incluyendo un estado de situación, estado de ganancias y pérdidas y estado de fuentes y aplicación de fondos por el año precedente, certificado por un contador público autorizado.
- (b) Cualquier cambio material de la información sometida en virtud del artículo 19.030(3) de este código.
- (c) El número de personas suscritas durante el año, el número de los suscritores al final del año y el número de suscritores terminados durante el año.
- (d) Un resumen de la información recopilada en virtud del artículo 19.040(1)(b)(III) de este código en la forma que requiera el Secretario de Salud, y
Apartado 3508—Estación Viejo San Juan—San Juan, Puerto Rico 00904
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(e) Cualquier otra información relacionada con la organización de servicios de salud que sea necesaria para permitir al Comisionado llevar a cabo sus deberes bajo este Capítulo."
A tenor con dicho Artículo, el informe anual conteniendo el estado de situación económica correspondiente al año 1981, se deberá presentar en esta Oficina en o antes del 31 de marzo de 1982.
El formulario requerido para presentar el informe anual correspondiente al año 1981 y años subsiguientes, es el adoptado por el Comité de Informes Anuales de la Asociación Nacional de Comisionados de Seguros, conocido como "Health Maintenance Organization Blank". Los formularios se pueden obtener a través del: Brandong Insurance Service Company, 605 12th Avenue South, Nashville, Tennessee, 37202.
Esta Oficina ha decidido no conceder prórrogas para rendir el informe requerido después de la fecha límite antes indicada. A tenor con esta determinación, aquellas organizaciones de servicios de salud que dejaren de presentar su informe anual en o antes de la fecha prescrita por ley, serán sancionadas conforme a las disposiciones del Código de Seguros de Puerto Rico.
Cordialmente,
Juan Antonio García
Comisionado de Seguros