PR Carta Circular Núm. AE-6-814-80
Informe Semestral e Informe de Pérdidas a ser Rendidos por los Corredores de Líneas Excedentes
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
Apartado 3508 Est. Viejo San Juan
San Juan, Puerto Rico 00904
18 de junio de 1980
Carta Circular Núm. AE-6-814-80
# A TODOS LOS CORREDORES DE LINEAS EXCEDENTES
ASUNTO: Informe Semestral e Informe de Pérdidas a ser rendidos
por los Corredores de Líneas Excedentes.
Estimados señores:
A tenor con las disposiciones de la Regla XXVIII del Reglamento
de Seguros, según enmendado, todo corredor de líneas excedentes
informará semestralmente al Comisionado de Seguros en los modelos
que éste le suministre y dentro del mes siguiente al semestre del
informe, aquellas transacciones llevadas a cabo con aseguradores
elegibles de líneas excedentes.
Además del informe semestral antes mencionado, conforme a las
disposiciones del Artículo 10.140(3) del Código de Seguros de Puerto
Rico, será deber del corredor de líneas excedentes informar al
Comisionado en los modelos que éste le suministre, cualquier pérdida
incurrida con arreglo a una cubierta de seguros de líneas excedentes
obtenida por el corredor.
Acompañamos copias de los modelos del informe semestral y del
informe de pérdidas a ser radicado por ustedes en o antes del
31 de julio de 1980 y correspondiente al semestre que termina el
30 de junio de 1980.
Por la presente, se exige a todos los corredores de líneas
excedentes, cumplimiento estricto con las disposiciones de esta
circular.
Cordialmente,
Lic. Rolando Cruz
Comisionado de Seguros
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