PR Carta Circular Núm. C-ES-3-1706-2004

Notificación Electrónica de la Emisión de Cartas Circulares

Year: 2004Length: 415 wordsOfficial source
[LOGO] ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS AL CONTESTAR, FAVOR REFERIRSE A: 1 de marzo de 2004 # CARTA CIRCULAR NÚM. C-ES-3-1706-2004 A TODOS LOS ASEGURADORES DEL PAÍS, ASEGURADORES EXTRANJEROS, ASEGURADORES DE LÍNEAS EXCEDENTES, ORGANIZACIONES DE SERVICIOS DE SALUD, ORGANISMOS TARIFADORES, ORGANISMOS ASESORES, REASEGURADORES, AGENTES GENERALES, GERENTES, AGENTES, AGENTES NO RESIDENTES, CORREDORES, CORREDORES NO RESIDENTES, CORREDORES DE LÍNEAS EXCEDENTES, AJUSTADORES, CONSULTORES, SOLICITADORES, APODERADOS, CLUBES O ASOCIACIONES DE AUTOMOVILISTAS, ORGANIZACIONES CARITATIVAS, SOCIEDADES FRATERNALES BENÉFICAS Y ASOCIACIONES CON FINES NO PECUNIARIOS # ASUNTO: NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA DE LA EMISIÓN DE CARTAS CIRCULARES Estimados señoras y señores: En un esfuerzo de maximizar sus recursos y de agilizar su gestión de fiscalización, la Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico, en adelante "la OCS", ha decidido implantar un sistema de notificación electrónica. En su primera fase, este sistema se establece con el propósito de viabilizar la comunicación expedita a nuestros regulados de las cartas circulares emitidas por la OCS. A los fines de viabilizar el establecimiento de la primera fase de este proyecto, la OCS solicita a todos los regulados que en o antes del 15 de marzo de 2004 envíen a la OCS el formulario adjunto debidamente completado. Aquellos regulados que no cuenten con el servicio de recibir notificaciones electrónicas deberán remitir el formulario adjunto incluyendo, en el espacio provisto para ello, una expresión a esos efectos. A la luz de lo anterior, le informamos que partir del 31 de marzo de 2004, la OCS iniciará su implantación de la primera fase notificando electrónicamente a todos sus regulados acerca de la emisión de cualquier Carta Circular. Dicha notificación indicará que una carta circular ha sido emitida y proveerá el enlace a nuestra página en la Internet, a través de la cual los regulados podrán examinar el texto completo de la carta circular objeto de la notificación y obtener copia de la misma. Apartado 8330 • San Juan, Puerto Rico 00910-8330 Tel. (787) 722-8686 • Fax (787) 722-4400 www.ocs.gobierno.pr 2 Todos los aseguradores del país, aseguradores extranjeros, aseguradores de líneas excedentes, organizaciones de servicios de salud, organismos tarifadores, organismos asesores, reaseguradores, agentes generales, gerentes, agentes, agentes no residentes, corredores, corredores no residentes, corredores de líneas excedentes, ajustadores, consultores, solicitadores, apoderados, clubes o asociaciones de automovilistas, organizaciones caritativas, sociedades fraternales benéficas y asociaciones con fines no pecuniarios autorizados en Puerto Rico deberán tomar conocimiento del contenido de esta Carta Circular y remitir el formulario adjunto debidamente completado. Cordialmente, Dorelisse Juarbe Jiménez Comisionada de Seguros Anejo
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