PR Carta Circular Núm. C-SP-4-1743-2005
Renovación de Licencia para el Año Fiscal 200-2006
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
P.O. Box 8330 • San Juan, Puerto Rico 00910-8330
Tel. (787) 722-8686 • Fax (787) 722-4400
21 de abril de 2005
CARTA CIRCULAR NÚM.: C-SP-4-1743-2005
A TODOS LOS ORGANIZACIONES CONSULTORAS
RENOVACIÓN DEL LICENCIA DEL AÑO FISCAL 2005-2006
Estimados señores y señoras:
El Artículo 7.010 del Código de Seguros de Puerto Rico dispone, como una condición
para mantener la autorización para solicitar o tramitar todo tipo de seguro en Puerto
Rico, que las personas o entidades autorizadas deben pagar una sola contribución anual
a más tardar el 30 de junio de cada año.
Conforme a lo anterior y al Artículo III (i) del Reglamento del Código de Seguros de
Puerto Rico, la contribución anual que debe pagar cada organización consultora es de
$525.00. Para tales efectos y para que la renovación del certificado de autorización sea
válida a partir del 1 de julio de 2005, requerimos que complete y someta a esta Oficina el
formulario adjunto antes del 21 de mayo de 2005 junto con un cheque o giro postal por
dicha cantidad, pagadero al Secretario de Hacienda, y un sobre manila tamaño carta con
su nombre y dirección.
El cumplimiento estricto con lo dispuesto en la presente carta es fundamental para la
renovación oportuna del certificado de autorización.
Cordialmente,
FIRMADA
Dorelisse Juarbe Jiménez
Comisionada de Seguros
Anejo
SOLICITUD DE RENOVACIÓN DE LICENCIA
PARA UNA ORGANIZACIÓN CLASIFICADORA O CONSULTORA
PARA 2005-2006
Fecha
Presentamos esta información para obtener la renovación de la licencia:
1. Nombre de la organización
2. ( ) Clasificación
( ) Consultoría
3. Número de Seguro Social Patronal
4. Dirección postal
5. Dirección de la sede del negocio
6. Nombre del Presidente
7. Número de Teléfono
8.
(Firma del presidente o vicepresidente)
(Nombre)
(Título)
NOTA: Envíe dos copias duplicadas de este formulario junto a un cheque certificado o
giro postal por la cantidad correspondiente pagadero al Secretario de Hacienda.
OCS-RL-12