PR Carta Circular Núm. E-1-1368-95

Informe consolidado de primas y pérdidas

Year: 1995Length: 853 wordsOfficial source
![img-0.jpeg](img-0.jpeg) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ## OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS AL CONTESTAR, FAVOR REFERIRSE A: 2 de febrero de 1995 ### Carta Circular Número E-1-1368-95 #### A TODOS LOS CORREDORES DE LINEAS EXCEDENTES ##### Asunto: Informe Consolidado de Primas y Pérdidas Estimados señores: El Artículo 10 de la Regla XXVIII del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico, dispone lo siguiente: "Todo corredor de seguros de líneas excedentes informará al Comisionado en los modelos que éste le suministre, en o antes del 31 de marzo, un informe anual de las transacciones llevadas a cabo con aquellos aseguradores con los cuales coloque cubierta de seguros de líneas excedentes durante el año calendario terminado el 31 de diciembre precedente. En aquellos casos en que no haya habido transacción alguna, el informe se rendirá haciendo una indicación al efecto." (Subrayado nuestro). El Artículo 10.140(3) del Código de Seguros de Puerto Rico, 26 L.P.R.A. sec. 1014(3), dispone que: "En relación con la transacción de seguros de líneas excedentes, el corredor deberá: (1) ... (3) Informar al Comisionado, en formularios similares a los utilizados con respecto a aseguradores autorizados, cualquier pérdida incurrida bajo una cubierta de seguro de líneas excedentes obtenida por él." A tenor con lo dispuesto en los artículos antes mencionados, el informe anual que recogerá todos los negocios de seguros tramitados durante el año calendario que termina el 31 de diciembre de 1994, Apartado 8330 — Estación Fdez. Juncos — Santurce, Puerto Rico 00910 - 8330 Tel. (809) 722-8686, Fax (809) 722-4400 2 deberá ser presentado en esta Oficina por cada corredor de líneas excedentes no más tarde del 31 de marzo de 1995. A estos efectos, se acompaña copia del modelo consolidado de primas y pérdidas que deberán presentar. En aquellos casos en que no se haya efectuado transacción alguna o en donde no haya pérdida que informar, siempre deberá rendirse el informe haciendo una indicación al efecto. Con la presentación del informe se deberá incluir un cheque certificado a nombre del Secretario de Hacienda de Puerto Rico por la cantidad de $100 por concepto de derechos de archivo, según prescrito por el Artículo 7.010(20) del Código de Seguros de Puerto Rico, 26 L.P.R.A. sec. 701(20). Requerimos, además, que el sometimiento del mencionado informe se haga en el formulario número XXVIII-94-1 que incluimos con esta carta circular. El presentar los mismos en formas fuera de uso o en formas que no sean las que apliquen al corredor de líneas excedentes, conllevará que el mismo sea considerado como no radicado. Se advierte a los corredores de líneas excedentes que el no presentar el informe consolidado de primas y pérdidas o el presentarlo tardíamente, podría conllevar una multa administrativa de hasta quinientos (500) dólares. Si la violación a cualquiera de las anteriores disposiciones legales es en grado de reincidencia, procederemos a imponer las sanciones más severas que provea la ley. Se ordena, por la presente, el cumplimiento estricto con las disposiciones de esta carta circular. Cordialmente, Juan Antonio García Comisionado de Seguros Anejo [LOGO] # Estado Libre Asociado de Puerto Rico OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS Año Calendario terminado el de de 19 INFORME ANUAL DE PRIMAS Y PERDIDAS DE CORREDORES DE SEGUROS DE LINEAS EXCEDENTES Nombre del Corredor Dirección | Número de la Declaración Jurada | Fecha sometida a la Oficina del Comisionado de Seguros | Número de la Póliza | Nombre del Asegurador | Nombre del Asegurado | Fecha de Emisión | Fecha de Reclamación | Riesgo | Primas | Pérdidas Incurridas | Contribución Pagada: 9% | | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | XXVIII-94-1 Totales 2 CERTIFICO: Que esta es una declaración completa de todos los negocios de seguros de líneas excedentes tramitados por mi durante el año calendario arriba mencionado, según consta de la investigación directa, extensa y detallada que he realizado de los libros y documentos en mi poder. Reconozco que la falsa representación de cualquier hecho material de esta declaración, constituye una infracción al Código de Seguros de Puerto Rico y asumo la responsabilidad de la corrección de lo declarado y certificado. En San Juan, Puerto Rico, a _______ de ________________ de ______. Firma del Corredor
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