PR Carta Circular Núm. E-12-438-68
Solicitud de exención contributiva
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
Apartado 11217 - Est. Fdez. Juncos
Santurce, Puerto Rico - 00910
Carta Circular Núm. E-12-438-63
5 de diciembre de 1968
A : LOS ASEGURADORES DOMESTICOS
ASUNTO : SOLICITUD EXENCION CONTRIBUTIVA
Estimados señores:
El Artículo 7.021(1) del Código de Seguros de Puerto Rico dispone que todo asegurador del país que mantenga una oficina matriz en Puerto Rico, según ésta se define en el inciso (2) del mismo artículo, estará exenta del pago de la contribución sobre primas y rentas anuales que se establece en el Artículo 7.020.
Por su parte, el Artículo 7.021(3) del Código dispone que todo asegurador que cualifique para exención contributiva deberá, en o antes del 31 de enero de cada año, suministrar al Comisionado de Seguros evidencia demostrativa de que cualifica para la misma.
Para este propósito acompañamos el formulario de Solicitud de Exención Contributiva Sobre Primas, el cual deberá cumplimentarse en todas sus partes, autenticarse ante Notario Público y devolverse a esta Oficina en duplicado en o antes del 31 de enero de 1969.
Deseamos advertirles que no se concederán prórrogas para el envío de este formulario.
Cordialmente,
C. Rodríguez Vélez
Comisionado Auxiliar de Seguros
Anejo: 1