Puerto Rico · Regulations
Regl. 683, art. XVI-10 — Identidad del Asegurador La identidad del asegurador aparecerá claramente en todos sus anuncios. Un anuncio no usará un nombre comercial, marca de servicio, lema, sÃmbolo u otro instrumento que tenga la capacidad y tendencia a engañar O defraudar sobre la verdadera identidad del asegurador.
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