Regl. 9180, art. VI-6.4

Personal Transitorio

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Cite as Reglamento Núm. 9180, Art. VI-6.4

A. Será transitorio el personal docente nombrado por un término fijo. B. Tipos de personal docente transitorio: 1. Transitorio Elegible: Será transitorio elegible el personal docente que posea certificado regular en la categorta del puesto en el cual fue nombrado. 2. Transitorio Provisional: Será transitorio provisional el personal docente nombrado en un puesto para el cual no tiene certificado regular. C. Normas para los transitorios 1. Los empleados nombrados para cubrir necesidades temporales 0 de emergencia tendrán estatus transitorio y deberán reunir las condiciones generales de ingreso al servicio público establecidas en este Reglamento. 35 2. Para poder ocupar un puesto, el candidato deberá reunir los requisitos mínimos de la convocatoria. 3. De haber sido un empleado transitorio en un año anterior, se considerarán, para su nueva contratación 0 para su inclusión en el Registro correspondiente, los resultados de las evaluaciones de su desempeño. 1. El personal transitorio será evaluado con los mismos criterios e indicadores que se utilizan para la evaluación de empleados regulares en los puestos correspondientes. En caso de que el término para el cual for contratado sea menor al establecido para las evaluaciones, el empleado será evaluado únicamente por ese periodo. 5. Los nombramientos transitorios siempre serán de duración fija y no confieren derechos de retención en el servicio, excepto por el término de vigencia de estos. 6. Con el fin de mantener la continuidad del servicio, se podrán nombrar empleados transitorios en puestos regulares del servicio de carrera, según la disponibilidad de fondos, en los siguientes casos: a. Cuando el incumbente del puesto se encuentre en uso de licencia sin sueldo 0 en cualquier otro tipo de licencia autorizada expresamente en ley que se anticipe que pueda ser prolongada. b. Cuando exista una emergencia en la prestación de servicios. C. Cuando el incumbente del puesto hubiese sido destituido y la decisión a ese efecto estuviese pendiente de resolución ante el foro apelativo correspondiente. d. Cuando el incumbente del puesto haya sido suspendido de empleo y sueldo por determinado tiempo. e. Cuando el incumbente del puesto pase a ocupar otro puesto mediante nombramiento en el servicio de confianza 0 transitorio, con derecho a reinstalación al puesto anterior. (. Cuando el puesto se quede vacante como consecuencia de jubilaciones, renuncias 0 terminaciones por otras razones. g. Cuando no existan candidatos que posean certificación regular. h. Para cubrir una necesidad o proyecto especial del Departamento. 7. El nombramiento transitorio terminará al finalizar el término para el cual fue contratado 0 en la fecha en que concluya la necesidad temporal. 8. El Secretario establecerá los procedimientos y criterios que estime necesarios 36 para la selección del personal transitorio, sujeto a las disposiciones de las leyes aplicables.
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