Regl. 9180, art. V-5.1 dup2

Ascensos

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Cite as Reglamento Núm. 9180, Art. V-5.1 dup2

A. Objetivo 1. El ascenso es el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un puesto en otra clase con un tipo mínimo de retribución mayor, conforme a la preparación académica, los conocimientos, la experiencia de trabajo adquirida y las necesidades del Sistema. 69 2. El objetivo de los ascensos es lograr que los empleados más competentes puedan colocarse en posiciones en que sus capacidades y destrezas promuevan la alta calidad de los servicios que ofrece el Sistema. B. Normas sobre Ascensos 1. El Departamento determinará las clases de puestos que debido a las necesidades particulares de la Agencia 0 a la naturaleza de las funciones de dichas clases de puestos, requieren que se cubran mediante el ascenso de empleados. 2. Los empleados en puestos permanentes podrán ascender mediante exámenes que podrán consistir en pruebas escritas, orales, físicas, 0 de ejecución 0 evaluación de preparación y experiencia. Además de éstos, se podrán tomar en consideración las evaluaciones del supervisor, análisis del expediente del empleado y los adiestramientos que hayan tomado relacionados con las funciones del puesto al cual se le propone ascender. 3. Se anunciarán las oportunidades de ascenso de manera que todos los candidatos debidamente cualificados puedan competir. Luego de anunciadas las oportunidades, de no haber personas que reúnan los requisitos mínimos de preparación académica y experiencia establecidos, la forma de cubrir los puestos 0 prestar los servicios será la establecida en este Reglamento para los procedimientos ordinarios de reclutamiento y selección. 4. Todo empleado ascendido deberá cumplir con el período probatorio asignado a la clase de puesto a la cual haya sido ascendido. C. Ascensos sin Oposición Se podrá autorizar ascensos sin oposición cuando las exigencias especiales y excepcionales del servicio, y las cualificaciones especiales de los empleados así lo justifiquen, previa la aprobación del examen. Por exigencias especiales y excepcionales del servicio se entenderá la asignación 0 atención de nuevas funciones 0 programas; la ampliación de los servicios que presta el Departamento; la necesidad de reclutar personal que logre mantener la continuidad en la prestación de los servicios sin necesidad de mayor orientación; registro de elegibles inadecuado; urgencia por cubrir un puesto vacante que hace impracticable el procedimiento ordinario. Por otro lado, por las cualificaciones especiales de los empleados se entenderá la experiencia adicional; los estudios académicos adicionales a los requisitos mínimos; y los resultados obtenidos del sistema de evaluación adoptado por el Departamento.
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