Regl. 9180, art. V-5.4

Examen de los Expedientes

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Cite as Reglamento Núm. 9180, Art. V-5.4

A. Cada uno de los expedientes de personal tendrá carácter contidencial y podrá ser accedido 0 examinado únicamente con fines oficiales o cuando el empleado lo autorice 0 lo ordene un Tribunal competente. B. Los empleados tendrán derecho a examinar su expediente en presencia del custodio de estos 0 su representante. Para ello deberá someter la solicitud correspondiente con por lo menos cinco (5) días laborables de antelación ante la SARH. En caso de que no pudiera asistir personalmente al examen del expediente, el empleado podrá designar por escrito un representante. C. Los empleados podrán obtener un reporte de lo que comprende su expediente 0 copia de los documentos contenidos en sus expedientes físicos mediante el pago del costo de 100 reproducción, más cualesquiera otros derechos que por ley se exigieran. Las solicitudes de copia se harán por escrito con no menos de quince (15) días laborables de antelación. D. Los Expedientes Administrativos Internos también tendrán carácter confidencial y podrán ser accedidos 0 examinados únicamente con fines oficiales 0 cuando el empleado lo autorice 0 lo ordene un Tribunal competente.
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