Regl. 9180, art. V-5.4
Examen de los Expedientes
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Cite as Reglamento Núm. 9180, Art. V-5.4
A. Cada uno de los expedientes de personal tendrá carácter contidencial y podrá ser accedido
0 examinado únicamente con fines oficiales o cuando el empleado lo autorice 0 lo ordene
un Tribunal competente.
B. Los empleados tendrán derecho a examinar su expediente en presencia del custodio de
estos 0 su representante. Para ello deberá someter la solicitud correspondiente con por
lo menos cinco (5) dÃas laborables de antelación ante la SARH. En caso de que no pudiera
asistir personalmente al examen del expediente, el empleado podrá designar por escrito
un representante.
C. Los empleados podrán obtener un reporte de lo que comprende su expediente 0 copia de
los documentos contenidos en sus expedientes fÃsicos mediante el pago del costo de
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reproducción, más cualesquiera otros derechos que por ley se exigieran. Las solicitudes
de copia se harán por escrito con no menos de quince (15) dÃas laborables de antelación.
D. Los Expedientes Administrativos Internos también tendrán carácter confidencial y
podrán ser accedidos 0 examinados únicamente con fines oficiales 0 cuando el empleado
lo autorice 0 lo ordene un Tribunal competente.