Regl. 9180, art. XI-11.2 dup2
Rechazo de Solicitudes de Reingreso
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Cite as Reglamento Núm. 9180, Art. XI-11.2 dup2
Se podrá rechazar una solicitud de reingreso cuando la misma se someta después de haber
expirado el término establecido, cuando el candidato no provea la información y los
documentos requeridos 0 por alguna razón que le haga inelegible para el reingreso al
servicio público.
Al rechazar una solicitud de reingreso, el Secretario 0 el representante designado por éste,
le notificará al empleado la causa 0 las causas en que se fundamente su determinación. El
empleado podrá solicitar una reconsideración de la decisión ante la SARH, dentro de los diez
(10) dÃas laborables siguientes a la fecha de la notificación, explicando los fundamentos para
su solicitud. De no quedar satisfecho con la determinación, podrá presentar apelación ante
la Oficina de Apelaciones del Sistema de Educación (OASE) dentro de los treinta (30) dÃas de
haberle sido notificada la determinación; siendo dicho término fatal y jurisdiccional. En
cualquier caso, la impugnación no tendrá el efecto de detener la acción de la autoridad
nominadora.