Regl. 3866, art. 3
Aplicabilidad
Cite as Reglamento Núm. 3866, Art. 3
Este Reglamento será de aplicabilidad a los empleados en el servicio
de carrera que prestan servicios en las agencias comprendidas en la Administración Central, conforme a las disposiciones de la Sección 5.2 de la
Ley de Personal del Servicio Público de Puerto Rico.
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