Regl. 3866, art. 5-7.9

Noubramientos Transitorios

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Cite as Reglamento Núm. 3866, Art. 5-7.9

Los nonbramientos transitorios para cubrir puestos en el servicio de carrera en las agencias comprendidas en la Administración Central se 6 efec tuarán conforme a Las disposiciones de la Sección 7.9 del Reglamento de Personal: Areas Esenciales al Principio de Mérito. No obstante lo anterior, Los empleados con nombramiento transitorio no se considerarán empleados de carrera. Ninguna persona que haya recibido nombramiento transitorio podrá ser nombrada para desempeñar puestos en el servicio de carrera con status probatorio o regular a menos que haya pasado por el proceso de reclutamiento y selección que establece La Sección 4.3 de la Ley.
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