Regl. 9190, art. II

APLICABILIDAD

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Cite as Reglamento Núm. 9190, Art. II

Este reglamento le aplica a todas las entidades del Tercer Sector, de acción comunitaria, voluntarios, personal escolar y del DEPR, así como todo ente que fomente, apoye, eduque, cuide y supervise a los estudiantes de nuestro Sistema como se detalla a continuación: 1. Todo personal docente 0 no docente en las escuelas que siendo parte de la comunidad escolar. 2. Todo padre, madre 0 familiar, así como la comunidad. 4 3. Todo ente de apoyo que se identifique pueda proveer servicios directos, indirectos, talleres 0 adiestramientos, material 0 equipo, alternativas para la exposición cultural (experiencias educativas fuera del plantel escolar), alimentos 0 meriendas. 4. El Tercer sector a través de campañas educativas, de concienciación, premios 0 reconocimientos, incentivos, actividades, proyectos 0 iniciativas que fomenten el desarrollo educativo y socioemocional de nuestros estudiantes, sus familias y la comunidad.
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