Regl. 9193, art. IX-VII

PLAN DE ESTUDIO Y REQUISITOS DE PROMOCIÓN POR GRADO Y GRADUACIÓN

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Cite as Reglamento Núm. 9193, Art. IX-VII

Grados: 1.° a 8.° ASIGNATURA TIEMPO O UNIDADES DE CRÉDITO PRIMERO ADQUISICIÓN DE LA LENGUA 120 minutos³ A MATEMÁTICAS 60 minutos TERCERO INGLÉS 60 minutos CIENCIAS 60 minutos BELLAS ARTES 0 EDUCACIÓN FÍSICA 60 minutos SALUD ESCOLAR4 CUARTO ESPAÑOL 60 minutos A QUINTO INGLÉS 60 minutos MATEMÁTICAS 60 minutos ESTUDIOS SOCIALES 60 minutos CIENCIAS 60 minutos BELLAS ARTES, EDUCACIÓN FÍSICA O SALUD 60 minutos ESCOLAR SEXTO A ESPAÑOL 3 créditos OCTAVO INGLÉS 3 créditos MATEMÁTICAS 3 créditos ESTUDIOS SOCIALES 3 créditos CIENCIAS 3 créditos BELLAS ARTES ½ crédito SALUD ESCOLAR ½ crédito EDUCACIÓN FÍSICA 1 crédito CURSOS CTEX (CURSOS OCUPACIONALES NO 1 crédito⁶ CONDUCENTES A CERTIFICADOS)5 CIVISMO STEM EXPLORACIÓN OCUPACIONAL CIENCIAS DE CÓMPUTOS TOTAL 18 créditos DIEZ (10) HORAS AL AÑO POR GRADO DE REQUISITOS DE CONTACTO VERDE GRADUACIÓN 3 En las escuelas primarias organizadas en períodos de cincuenta (50) minutos, el curso de Adquisición de la Legua será de cien (100) minutos. 4 Integrado 5 Seleccionar 2 de estos cursos de ½ créditos. 6 Si el estudiante completó el crédito de cursos ocupacionales no conducentes a certificados, no estará obligado a tomar los cursos nuevos. Sin embargo, podrá tomarlos como electiva adicional si la organización de la escuela lo permite. El estudiante que tiene aprobado ½ crédito, tomará el otro ½ crédito en uno de los cursos nuevos para cumplir con los requisitos de promoción y graduación, según establecido. El estudiante que haya fracasado en un curso ocupacional no conducente a certificado hasta el año escolar 2018-2019 dentro de cualquiera de los programas ocupacionales, completará los requisitos de promoción y graduación con los nuevos cursos ocupacionales no conducentes a certificado. El director de escuela será el responsable de entrar al SIE y excluir de la transcripción de créditos el curso fracasado y añadir el curso nuevo aprobado. Esto aplica los estudiantes de 6.° a 12.° grado. PÁGINA 20 de 40 REGLAMENTO DE LAS ESCUELAS PRIMARIAS Y SECUNDARIAS Grados: 9.° a 12.° ASIGNATURA UNIDADES DE CRÉDITO ESPAÑOL 4 INGLÉS 4 MATEMÁTICAS 4 ESTUDIOS SOCIALES 4 CIENCIAS 4 EDUCACIÓN FÍSICA 1 BELLAS ARTES 1 SALUD ESCOLAR 1 CURSOS CTEX (CURSOS OCUPACIONALES NO CONDUCENTES 1 A CERTIFICADOS) STEM EXPLORACIÓN OCUPACIONAL TOTAL 24 CUARENTA (40) HORAS EN HORARIO NO LECTIVO DEL REQUISITOS DE PROYECTO APRENDIZAJE EN EL SERVICIO COMUNITARIO GRADUACIÓN⁸ VEINTE (20) HORAS EN O FUERA DEL HORARIO LECTIVO DIRIGIDAS A LA EXPLORACIÓN OCUPACIONAL DIEZ (10) HORAS AL AÑO POR GRADO DE CONTACTO VERDE PRUEBA DE ADMISIÓN UNIVERSITARIA (PAA) La promoción de estudiantes A. Prekindergarten y kindergarten Al finalizar el año escolar, los estudiantes que cursen el prekindergarten regular serán promovidos a kindergarten, siempre y cuando cumplan con la edad requerida para este. En el caso de kindergarten, los estudiantes serán promovidos al 1.ᵉʳ grado si alcanzan un sesenta y cinco (65%) 0 más en el dominio de las destrezas, según el informe de progreso académico del SIE correspondiente a las cuarenta (40) semanas. Los estudiantes que obtengan el sesenta y cuatro (64%) 0 menos no serán promovidos para brindarles una oportunidad adicional para demostrar dominio de las destrezas de kínder, ya que el desarrollo de conceptos, destrezas y actitudes es variable de un niño a otro. En esto, entra en juego otros factores, tales como: la maduración biológica y la estimulación exterior recibida al momento de iniciarse en la escuela. Se deberá crear el comité que valide la retención del estudiante de kindergarten y el mismo debe estar compuesto por el maestro regular, personal de apoyo, director de escuela, madre, padre 0 encargado y en los casos que el estudiante sea de Educación Especial y el maestro de 7 Este requisito de graduación es parte del Programa de Consejería Profesional en el Escenario Escolar. 8 Si una misma actividad cumple con Contacto verde y Servicio comunitario, las horas acumuladas pueden acreditarse para ambos requisitos. PÁGINA 21 de 40 REGLAMENTO DE LAS ESCUELAS PRIMARIAS Y SECUNDARIAS Educación Especial. El comité debe certificar ante un proceso previo de reunión que el estudiante es candidato a repetir el kindergarten tomando en consideración: a. evaluación de sesenta y cuatro (64%) 0 menos y b. otras observaciones que brinden los integrantes del comité para retención del estudiante. Estos estudiantes solo serán retenidos un (1) año adicional en el kindergarten; sin embargo, aquellos que por segundo (2do) año escolar no alcancen el por ciento establecido deberán ser referidos a las evaluaciones correspondientes. Aquellos estudiantes que fueron admitidos en el Kinder de Transición serán matriculados el próximo año escolar en kindergarten. B. Primero a quinto grado La promoción será por grados. El estudiante que no apruebe dos o más asignaturas deberá repetir el grado. Si no aprueba una asignatura será promovido al próximo grado, pero se le proveerá la ayuda necesaria mediante alternativas disponibles en la escuela. Contemplando que el estudiante que fracasa una sola clase mantiene en su historial académico en el SIE la nota de F, se brindará la alternativa de que finalizando el próximo año escolar tenga la oportunidad de reemplazar la nota. Se estipula el proceso de la siguiente manera: a. Finalizado el año escolar, y una vez el estudiante haya demostrado dominio en la materia que fracasó el año anterior, el maestro del salón hogar 0 de la b. materia en la que fracasó, brindará la posprueba del año anterior (año en que fracasó la clase). C. La puntuación obtenida se transferirá a por ciento y nota para reemplazar en el SIE la nota de F en el historial académico del grado anterior. d. El maestro que administre la posprueba tendrá la responsabilidad de notificar el resultado de esta al director de escuela. e. El director de escuela será responsable de registrar en el SIE la nota obtenida por el estudiante en la posprueba, finalizado el año escolar en curso. C. Sexto a duodécimo grado La promoción será por grados. El estudiante que no apruebe tres 0 más unidades de créditos en las materias básicas (Español, Inglés Matemáticas, Ciencias y Estudios Sociales) 0 electivas deberá repetir el grado⁹ y el director de escuela no le autorizará a tomar cursos en la sesión de verano, ni en una modalidad que no cumpla con la reglamentación vigente del Departamento. El estudiante que no apruebe hasta 2.5 unidades de crédito puede ser autorizado por el director de escuela a tomar hasta un máximo de dos unidades de créditos durante el verano en el sistema público 0 privado; tomar asignaturas en más de un grado durante el año escolar, 9 Esto incluye todos los cursos de materias básicas y electivos. PÁGINA 22 de 40 REGLAMENTO DE LAS ESCUELAS PRIMARIAS Y SECUNDARIAS simultáneamente, (si la organización escolar tiene esta flexibilidad) 0 ambas alternativas. Para los estudiantes del 12.° grado que fracasen en 2.5 unidades de crédito, el Departamento brindará aquellas alternativas disponibles. No se autorizará ni se honrará tomar más de dos unidades de créditos durante el verano. El Departamento solo aprobará la repetición de cursos requisitos de graduación de instituciones acreditadas que funcionen bajo la modalidad presencial y que garanticen el tiempo contacto requerido por el Departamento. El consejero profesional y el director de escuela son responsables de informar por escrito a las madres, los padres 0 los encargados sobre los estudiantes que deberán matricularse en la escuela de verano para reponer las asignaturas no aprobadas. Asimismo, son responsables de proveerles alternativas, tales como: programas combinados durante el año regular; ya que el estudiante no obtendrá el diploma correspondiente (1.º a 8.° o 9.° a 12.°) hasta tanto complete los requisitos establecidos. Los maestros son responsables de mantener los datos de las evaluaciones del aprendizaje actualizados en el SIE para facilitar el análisis y la identificación de los estudiantes en riesgo de fracaso.
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