Regl. 9193, art. IX-XI dup2
DÉCIMA PARTE: EL PLAN ESCOLAR: Y DISEÑO DE EXCELENCIA ESCOLAR DEL
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Cite as Reglamento Núm. 9193, Art. IX-XI dup2
"CAREER & TECHNICAL EDUCATION" EN LAS ESCUELAS PRIMARIAS Y SECUNDARIAS
A. El Diseño de Excelencia Escolar (DEE) y Diseño de Excelencia Escolar del "Career & Technical
Education" son los planes de trabajo y de acción que se elaboran en cada escuela, según sus
ofrecimientos, con el fin de promover el mejoramiento del aprovechamiento académico, desarrollar a
cada estudiante en su totalidad, promover la profesionalización del maestro y hacer más efectivos y
eficientes los proceso administrativos y fiscales de la escuela en cumplimiento con las leyes federales y
estatales aplicables.
A. El DEE y el DEE-CTE se:
a. elaboran siguiendo las metas programáticas del DEPR: 1) mejorar el aprovechamiento
académico, 2) atender las necesidades del estudiante como un ser completo y 3)
asegurar la profesionalización del docente y docente administrativo y 4) eficiencia
administrativa, según aplique.
b. basan en un estudio de necesidades compresivo, identifican prioridades, establecen
indicadores de logros, basan sus intervenciones en estrategias basadas en evidencia y
establecen pasos 0 acciones progresivas para su implementación, en función del
cumplimiento de las leyes federales y estatales aplicables.
B. El director de escuelas es el responsable de:
a. elaborar, y someter el DEE y el DEE CTE, según aplique, en el tiempo establecido por
el Departamento para prevenir que su escuela se quede sin los fondos.
b. implementar y cumplir puntualmente con las actividades programadas para mantener
un alto desempeño de la gestión educativa y eficiencia y efectividad administrativa y
fiscal
C. documentar el logro de las actividades
d. completar los informes de progresos requeridos sobre el DEE y el DEE-CTE.
e. completar anualmente el informe de logros del DEE y el DEE-CTE y presentarlo como
anejo en el DEE 0 DEE-CTE del próximo año.
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C. El director de escuela que incumpla con el proceso de DEE y el DEE-CTE podrá ser objeto de
acciones correctivas y medidas disciplinaria conforme a la reglamentación vigente.
a. Es responsabilidad de cada superintendente regional, en coordinación con los
superintendentes de Gerencia Escolar, inicial el procedimiento de acciones correctivas
y medidas disciplinarias que se requiera por el incumplimiento de las tareas
relacionadas en el DEE y el DEE-CTE.
D. La estructura de los planes en plataforma es la siguiente:
DEE
DEE-CTE
Portada
Portada
Información general
Información general
Base legal
Comité Planificación
Comité de planificación
Base Legal
Informe de logros
Perfil ocupacional
Datos académicos y administrativos
Secciones 134 y 135 (Carl D.
Académicos (Dashboard diseñados por
la Secretaría Auxiliar de Planificación
Perkins)
Transformación y Rendimiento)
Especialidades
Inventario
Programas Ocupacionales
Cursos no conducentes a grado
Organizaciones Estudiantiles
ocupacional
Articulación Universitaria
Alianza
Indicadores
Infraestructura Física y Tecnológica
Listado de Personal
Certificación de completado el informe
Datos generales
de Incidentes de Disciplina en SIE
Académico
Certificación de completado los
Ocupacional
informes de Distribución de Tiempo
Metas ocupacionales
Metas académicas (Cumplimiento Estatal)
Metas Ocupacionales
Organizados en las cuatro metas
académicas
Presupuesto
Mejoramiento escolar 0 Cultura escolar,
Presupuesto Ocupacional
según aplica a la clasificación de la escuela
Comentarios y anejos requeridos
Cumplimiento Federal
Comentario
Organizados en las tres primeras metas
Anejos
académicas
Presupuesto
Anejos requeridos y comentarios
E. Para cuidar los recursos fiscales del DEPR, garantizar la continuidad de los procesos del DEE
y el DEE-CTE, minimizar los retos de los usuarios, la estructura y la configuración de las
plataformas se revisará, modificará 0 cambiará, de ser necesario, cada cinco años.
a. La estructura y la configuración de las plataformas se podrán modificar 0 cambiar previo
al término establecido, si las leyes federales 0 estatales aplicables así lo requieren.
F. El Comité de Planificación es el equipo de trabajo en cada escuela responsable de la redacción,
implantación y evaluación del Diseño de Excelencia Escolar (DEE). Este debe estar constituido por
el director escolar, un miembro del personal de apoyo (trabajador social escolar, consejero
profesional escolar 0 bibliotecario escolar), un estudiante (nivel superior), un padre, madre 0
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encargado de un estudiante regular, un padre, madre 0 encargado de un estudiante Aprendiz de
Español como Segundo Idioma (si aplica), un padre, madre 0 encargado de un estudiante de
Educación Especial y un maestro de cada una de las materias que se miden en las META PR y
META PR Alterna (español, inglés, matemáticas y ciencias), como requisito mínimo.
a. En las escuelas donde existan varios niveles, es requerido que haya representación de
todos los niveles. Si la escuela es ocupacional 0 tienen ofrecimientos ocupacionales, incluirá
un maestro ocupacional y un miembro de la sociedad económica. Por otro lado, si la escuela
es Especializada en Currículos Complementarios, incluirá un maestro especialista en el
currículo complementario.
b. Además, podrá incluir un maestro de educación especial de salón recurso. Al completar el
comité en la plataforma, el director escolar debe imprimir esta página para que los
integrantes del Comité de Planificación la firmen. El documento firmado debe digitalizarse
e incluirse como anejo, antes de someter el Diseño de Excelencia Escolar (DEE). El
documento original debe guardarse en los archivos de la escuela ante la eventualidad de
una monitoria.