Regl. 3867, art. 9-6
CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA
Cite as Reglamento Núm. 3867, Art. 9-6
E1 Director convocará al delegado de cada agencia a una asamblea,
dentro del término de quince (15) dÃas siguientes a la fecha en que,
por lo menos tres quintas (3/5) partes de los jefes de agencias hayan
certificado el delegado de su agencia. (ENMENDADO POR MEMORANDO GENE-
RAL 11-82)
E1 aviso se hará por escrito a cada delegado, con por lo menos
diez (10) dÃas de antelación a la fecha en que se celebrará la elección.
En dicha Asamblea se elegirán dos representantes de los empleados en
el Comité: uno por la Administración Central y el otro por los Administradores Individuales.
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