Regl. 3868, art. 10
Retribución
Cite as Reglamento Núm. 3868, Art. 10
E1 Director establecerá un plan de retribución para los empleados de
confianza cubiertos por el plan de clasificación, conforme se establece
en la Sección 5.1 de este Reglamento, a excepción de aquéllos cuyos sueldos
se fijen mediante alguna ley especial.
E1 plan de retribución se regirá por las normas establecidas en el
Reglamento de Retribución que se adopte de conformidad con la Ley NGm. 89
aprobada el 12 de julio de 1979, conocida como Ley de Retribución Uniforme.
- 25 -
artÃculo 11 - Beneficios Marginales