Regl. 9196, art. 1

Preámbulo

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Cite as Reglamento Núm. 9196, Art. 1

La Ley Federal de Educación Especial ("Individuals with Disabilities Education Improvement Act", Ley "IDEA", por sus siglas en inglés) ) establece la obligación del Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR 0 Departamento) de proveer una educación pública, gratuita y apropiada, de acuerdo con las necesidades del niño, niña 0 joven con impedimentos. Cuando el DEPR acepta que no tiene la ubicación apropiada para el estudiante con impedimentos, pagará los gastos educativos y de servicios relacionados en una institución privada, sin costo para el padre, madre 0 encargado. Los estudiantes ubicados por la Agencia en instituciones 0 escuelas privadas tienen los mismos derechos que los estudiantes que reciben servicios en el Sistema Público. De otra parte, tanto la ley como la jurisprudencia reconocen el derecho de los padres a obtener un reembolso de los gastos educativos y relacionados si: (1) la Agencia no ofrece una educación pública, gratuita y apropiada de manera oportuna antes de la ubicación en la escuela privada: (2) si la ubicación privada del estudiante es apropiada y (3) si se cumplen los requisitos de equidad. La Ley IDEA, provee fondos federales para asistir los estados y territorios en la educación de estudiantes con discapacidades. A su vez, la Ley 51-1996, según enmendada, "Ley de Servicios Educativos Integrales para Personas con Impedimentos", crea la Secretaría Auxiliar de Servicios Educativos Integrales para Personas con Impedimentos, conocida como Secretaría Asociada de Educación Especial (SAEE), la cual establece la política pública del Gobierno de Puerto Rico en cuanto a la educación de las personas con impedimentos. Más reciente aún, y en un interés apremiante, la Ley 85-2018, Ley de Reforma Educativa, según enmendada (Ley 85), respaldó que los niños con discapacidades que nazcan en condiciones de pobreza económica y los cuales forman parte de los sectores más vulnerables de la sociedad, que están en el sistema público, puedan educarse en una institución privada y así alcanzar igualdad y vindicación humana y social. A esos efectos, el propósito fundamental de este reglamento (Reglamento) es establecer los procedimientos que se implementarán en el proceso de compras de servicios en escuelas privadas a estudiantes de 4 educación especial, particularmente aquellos con discapacidades severas, que el DEPR no le ha podido proveer lo necesario para cumplir sus logros académicos según disponen las leyes estatales y federales aplicables.
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