Regl. 3868, art. 10-11.3

Días Feriados

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Cite as Reglamento Núm. 3868, Art. 10-11.3

Los días que se enumeran a continuación serán días feriados para los empleados de confianza en agencias comprendidas en la Administraci Central: 26 Fecha Calendario 1) lro. de enero Dfa de Año Nuevo 2) 6 de enero Día de Reyes 3) 11 de enero Natalicio Eugenio Maria de Hostos 4) Tercer lunes de febrero Natalicio Jorge Washington 5) 22 de marzo Día de la Abolición de la Esclavitud 6) Movible Viernes Santo 7) 16 de abril Natalicio de José de Diego 8) Ultimo lunes de mayo Día de la Commemoración de los Muertos en la Guerra 9) 4 de julio Día de la Independencia de los Estados Unidos 10) 17 de julio Natalicio de Luis Mufioz Rivera 11) 25 de julio Día de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico 12) 27 de julio Natalicio de José Celso Barbosa 13) Primer lunes de septiembre Día del Trabajo y de Santiago Iglesias Pantin 14) 12 de octubre Día de la Paza (Dfa del Descrubrimiento de America) 15) 11 de noviembre Día del Veterano 16) Noviembre (Movible) Día de las Elecciones Generales 17) 19 de noviembre Dia del Descrubrimiento de Puerto Rico 18) Cuatro jueves de noviembre Día de Acción de Gracias 19) 25 de diciembre Día de Navidad En adición, se consideran días feriados aquellos declarados como tales por el Gobernador. 27 En el caso en que la celebración de un día feriado cayera en domingo, la celebración del mismo será observada el día siguiente. Cuando por necesidades del servicio se haya establecido una semana de trabajo donde los días de descanso no sean sábado y domingo y el segundo día de descanso coincide con un día feriado, o se le requiera a cualquier empleado que preste servicios en determinado día de fiesta legal, la autoridad nominadora podrá a su discreción conceder libre el día siguiente al feriado. Cuando se haya establecido una jornada regular semanal de trabajo reducida y el Gltimo día de descanso coincide con un día feriado, la autoridad nominadora podrá a su discreción conceder libre el día siguiente al feriado.
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