Regl. 9196, art. 7.4
Análisis de la Consulta y Propuesta de la Institución
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Cite as Reglamento Núm. 9196, Art. 7.4
El Facilitador Docente de Asistencia Técnica 0 el funcionario designado para trabajar con este proceso,
deberá realizar un análisis de la consulta, considerando todos los documentos sometidos junto con esta, en
especial la propuesta de la institución privada recomendada. Esto para asegurarse que en efecto el DEPR
no cuenta con la ubicación apropiada para el estudiante, y que la institución privada recomendada es la
mejor ubicación para éste. Como parte de este análisis, deberá validar que la institución recomendada tiene
contrato con el DEPR y de no ser asÃ, identificar una ubicación dentro de las otras instituciones que ya tienen
contrato con la Agencia. Las disposiciones relacionadas con la ubicación de estudiantes en la alternativa
menos restrictiva, aplica también cuando el DEPR ubica estudiantes en escuelas privadas. En estos casos,
deberá solicitar al CSEE 0 al Facilitador Docente a cargo del caso que se realice una nueva reunión de
COMPU para hacer el nuevo ofrecimiento a los padres.