Regl. 9196, art. 7.4

Análisis de la Consulta y Propuesta de la Institución

Length: 158 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9196, Art. 7.4

El Facilitador Docente de Asistencia Técnica 0 el funcionario designado para trabajar con este proceso, deberá realizar un análisis de la consulta, considerando todos los documentos sometidos junto con esta, en especial la propuesta de la institución privada recomendada. Esto para asegurarse que en efecto el DEPR no cuenta con la ubicación apropiada para el estudiante, y que la institución privada recomendada es la mejor ubicación para éste. Como parte de este análisis, deberá validar que la institución recomendada tiene contrato con el DEPR y de no ser así, identificar una ubicación dentro de las otras instituciones que ya tienen contrato con la Agencia. Las disposiciones relacionadas con la ubicación de estudiantes en la alternativa menos restrictiva, aplica también cuando el DEPR ubica estudiantes en escuelas privadas. En estos casos, deberá solicitar al CSEE 0 al Facilitador Docente a cargo del caso que se realice una nueva reunión de COMPU para hacer el nuevo ofrecimiento a los padres.
Regl. 9196, art. 7.4: Análisis de la Consulta y Propuesta de la Institución | Justis AI