Regl. 9196, art. 7.6
Notificación de la aprobación de la compra de servicios
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Cite as Reglamento Núm. 9196, Art. 7.6
Al momento de completarse el proceso y tener la carta de aprobación 0 denegación de la compra
de servicio, la SAEE deberá notificar, enviando copia de la carta con la determinación final, al Director del
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CSEE que inició la consulta, a la DLSAEE, así como a cualquier otra oficina 0 unidad del DEPR que estuvo
involucrada en el proceso de consulta.
Siempre que el (la) Secretario(a) Asociado(a) de Educación Especial apruebe una compra de
servicio, el Facilitador Docente de Asistencia Técnica 0 el funcionario designado para trabajar con este
proceso en la SAEE, deberá entregar a la Directora de la Unidad de Administración copia de la carta de
aprobación de la compra de servicio firmada por el Secretario Asociado de Educación Especial, junto con el
formulario Análisis de Consulta para la Compra de Servicios en Institución Privada y la propuesta del
colegio que contenga los costos propuestos, ambos iniciados por el Secretario Asociado de Educación
Especial 0 por el funcionario designado por este.