Regl. 9199, art. VII-V
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
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Cite as Reglamento Núm. 9199, Art. VII-V
Según se establece en este Reglamento, las siguientes palabras y términos tienen el siguiente significado,
a menos que el contexto indique otro 0 diferente significado 0 intención. La definición de términos es la
siguiente:
1. Administración Agencia elegible 0 recipiente elegible, significa las actividades necesarias para el
desempeño adecuado y eficiente de las tareas de la agencia elegible 0 del recipiente elegible conforme a
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la Ley Perkins, incluyendo la supervisión, pero sin incluir las actividades para el desarrollo de currÃculo,
desarrollo de personal, 0 actividades de investigación.
2. Aprendizaje Basado en el Trabajo Conocido en inglés como "Work Based Learning" (WBL), estrategia
que provee al estudiante la oportunidad de aplicar y desarrollar las destrezas académicas y ocupacionales,
haciendo uso de diferentes modelos, entre ellos; la exploración y concienciación ocupacional, las
experiencias de trabajo, el adiestramiento estructurado y la mentorÃa en el lugar de trabajo.
3. Agencia Local de Educación (LEA, por sus siglas en inglés) El LEA es en la que un estudiante debe
estar inscrito en base a su lugar de residencia. Para efecto de este Reglamento Puerto Rico opera su
sistema escolar como un distrito escolar único y unificado bajo el control del DEPR. El DEPR es un sistema
unitario, que sirve tanto como la Agencia Educativa del Estado (SEA) como la única Agencia Educativa
Local (LEA).
4. Agencia Estatal de Educación (SEA) DEPR quien es responsable de garantizar la implementación de
leyes, estatutos y reglamentos federales y estatales. Para efecto de este Reglamento Puerto Rico opera
su sistema escolar como un distrito escolar único y unificado bajo el control del DEPR. El DEPR es un
sistema unitario, que sirve tanto como la Agencia Educativa del Estado (SEA, por sus siglas en inglés)
como la única LEA.
5. Conglomerado Ocupacional Es un grupo de ocupaciones e industrias establecidas por el
Departamento de Educación de los Estados Unidos y utilizadas para organizar la Educación Ocupacional
y Técnica.
6. Educación Ocupacional y Técnica (CTE, por sus siglas en inglés) Actividades educativas
organizadas que:
a. ofrecen secuencia de cursos que proporciona a los individuos conocimientos y destrezas
académicas y técnicas que necesitan para prepararse en ocupaciones en sectores de empleo
actuales 0 emergentes; e
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b. incluyen un aprendizaje aplicado basado en competencias que contribuye al conocimiento
académico, el razonamiento de orden mayor y destrezas para la solución de problemas, actitudes
laborales, destrezas generales de empleabilidad, destrezas técnicas y destrezas especÃficas
ocupacionales de un individuo.
7. Entidad Educativa Certificada Para propósitos de la ESEA (según definida en el número 10 de este
ArtÃculo V), y cualquier otra ley federal 0 del Gobierno de Puerto Rico aplicable, una Entidad Educativa
Certificada será considerada como una organización administrativa educativa. Se refiere a:
(i)
una entidad pública como un municipio, un consorcio municipal o una universidad pública;
(ii)
una entidad no gubernamental sin fines de lucro;
(iii)
una alianza entre una 0 más entidades públicas y una 0 más entidades sin fines de lucro
no gubernamentales, certificadas y autorizadas por el Secretario de Educación para
operar y administrar una Escuela Pública Alianza mediante el otorgamiento de una Carta
Constitutiva; y
(iv)
organizaciones sin fines de lucro creadas por padres y madres 0 maestros.
8. Escuela de Educación Ocupacional Un centro educativo público de grados nueve al doce (9-12) con
el propósito principal de proporcionar programas de preparación ocupacional, ya sea como institución
independiente 0 en conjunto con escuelas secundarias colaboradoras.
9. Escuela Magneto Ocupacional (CTE, por sus siglas en inglés, "Magnet School") Escuela pública
con ofrecimientos académicos y ocupacionales que atrae a estudiantes de diferentes regiones y grupos
con intereses definidos.
10. ESEA Se refiere a la "Ley de Educación Elemental y Secundaria" (Elementary and Secondary Education
Act, ESEA, por sus siglas en inglés) del 1965, Ley Pública 89-10, 79 Stat. 27, 20 U.S.C. ch 70, según
enmendada, y leyes sucesivas.
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11. ESSA Se refiere a la "Ley Cada Estudiante Triunfa" ("Every Student Succeeds Act", ESSA, por sus siglas
en inglés) de 2015, Ley Pública 114-95.
12. Junta Estatal de Educación Ocupacional y Técnica Agencia elegible designada 0 creada consistente
con la ley estatal y federal como la única agencia estatal responsable de evaluar la efectividad y la
aprobación de presupuesto de la administración de la Educación Ocupacional y Técnica del Gobierno de
Puerto Rico.
13. Sistema de Educación Ocupacional y Técnica (Sistema CTE) Un conjunto organizado, coherente y
completo de oportunidades educativas que promueven el desarrollo de habilidades académicas, una
conciencia de ocupaciones, y el dominio de habilidades técnicas rigurosas y relevantes que preparan a
los estudiantes para la universidad, ocupación y su futuro.
14. Programa de Estudio (POS, por sus siglas en inglés) Secuencia de cursos progresivos, no repetitivos,
que alinea la educación secundaria ocupacional con la postsecundaria, dirigidos a la obtención de una
credencial avalada por la industria, un certificado ocupacional, un certificado técnico a nivel
postsecundario, un grado asociado O un bachillerato en ocupaciones que deben estar en gran demanda y
de altas destrezas.
15. Programa de Certificación Ocupacional Un proceso de revisión basado en estándares y evaluación
del nivel desarrollo de las destrezas ocupacionales, que provee como resultado un informe escrito que
incluye el estado de aprobación del programa de certificación ocupacional.
16. Secretario de Educación Responsable de establecer la polÃtica pública y regulaciones de la Educación
Primaria y Secundaria.
17. Organizaciones Estudiantiles Organismo que agrupa a los estudiantes de los programas
ocupacionales a nivel de la nación estadounidense y sus territorios.
18. Fondo Fondos de premios, becas especiales y préstamos para las organizaciones estudiantes.
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19. Junta Administrativa Junta que administrara los Fondos premios, becas especiales y préstamos para
las organizaciones estudiantiles del Educción Ocupacional y Técnica (Junta).
20. Empresas Escolares Ocupacionales Las empresas con base en la escuela proveen experiencias
reales y prácticas que refuerzan las destrezas impartidas en la sala de clases. Puede vender a los
consumidores desde una localización permanente, quiosco móvil 0 una tienda virtual. Las empresas con
base en la escuela son unas herramientas efectivas para ayudar al estudiante en su transición del
ambiente escolar a la universidad, la autogestión y al mundo laboral. La misma puede ser una réplica de
un negocio e industria actual dirigida por la escuela en donde el estudiante pone en práctica lo aprendido
trabajando. Esta actividad permite que el estudiante adquiera conocimientos en varios aspectos de la
operación de un negocio, tales como: manejo de costos, presupuesto, trabajar bajo presión,
mantenimiento de facilidades y del inventario. Las cooperativas juveniles ocupacionales representan un
ejemplo de empresas con base en la escuela.
21. Prestamos Individuales Préstamo otorgado a un estudiante.
22. Prestamos Colectivos Préstamo otorgado a un grupo de estudiantes con una meta en común.
23. Premios Compensación como reconocimiento a un esfuerzo 0 logro.
24. Becas Especiales Es una aportación económica a estudiantes del Programa Ocupacional que no
cuentan con la capacidad económica suficiente para alcanzar sus objetivos ocupacionales.