Regl. 3868, art. 14
Prohibición
Cite as Reglamento Núm. 3868, Art. 14
Las disposiciones de la Ley de Personal del Servicio Público de Puerto Rico y
el Reglamento de Personal: Areas Esenciales al Principio de Mérito en cuanto a la
prohibición para efectuar diferentes transacciones de personal durante perfodos
pre y post eleccionarios serán aplicables al personal en el servicio de confianza.