Regl. 3868, art. 4-4.1 dup2
Composición del Servicio de Confianza
Cite as Reglamento Núm. 3868, Art. 4-4.1 dup2
E1 servicio de confianza comprenderá los siguientes tipos de
funciones:
1. Formulación de polÃtica pública. Esta función incluirá la
responsabilidad, directa 0 delegada, por la adopción de pautas
o normas sobre contenido de programas, criteriosde elegibilidad,
funcionamiento agencial, relaciones extra agenciales y otros
aspectos esenciales en la dirección de programas o agencias.
Tambien incluirá la participación, en medida sustancial, y en
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forma efectiva, en la formulación, modificación 0 interpretación de
dichas funciones en la administración O en el asesoramiento directo
al jefe de la agencia mediante las cuales el empleado puede influir
efectivamente en la polÃtica pública.
2. Servicios directos al jefe de la agencia que requieren confianza
personal en alto grado. E1 elemento de confianza personal en este
tipo de servicio es insustituible. La naturaleza del trabajo corresponde
esencialmente al servicio de carrera, pero el factor de confianza es
predominante. E1 trabajo puede incluir servicios secretariales, mantenimiento
de archivos confidenciales, conducción de automóviles y otras tareas similares.
En este tipo de trabajo siempre está presente e1 elemento de confidencialidad y seguridad en relación con personas, programas o funciones públicas.
3. Funciones cuya naturaleza de confianza está establecida por ley. Los
incumbentes de los puestos que tienen asignadas esta funciones, aunque de
libre selección, sólo podrán ser removidos por las causas que se establecen
en las leyes que crean los puestos y su incumbencia se extenderá hasta el
vencimiento del término de sus nombramientos, de conformidad con dichas
leyes.