Regl. 9205, art. VIII-8.5
Método de licitación sellada
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Cite as Reglamento Núm. 9205, Art. VIII-8.5
a. General: Un método de adquisición usado para adquirir servicios O suministros que
exceden el lÃmite de las Compras Pequeñas. Requiere especificaciones precisas y
ld.
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completas, una Apertura de Subasta Pública, una evaluación de licitaciones, una
adjudicación del contrato basado en el precio más bajo sometido por un Contratista
Responsable a través de una Licitación Responsiva. El IFB es el método de preferencia
para la adquisición de servicios de construcción, si se aplican las siguientes condiciones:
(i) especificaciones completas, adecuadas, y realistas o una descripción de compra
están disponibles; (ii) dos o más licitadores están dispuestos a competir efectivamente;
y (iii) la adquisición se presta a un precio fijo de contrato firme y la selección puede
hacerse principalmente basada en el precio.
b. Convocatoria y Recibo de Ofertas: El IFB incluirá especificaciones, todos los términos y
condiciones aplicables a la adquisición, y una declaración que la adjudicación se hará
al Licitador más bajo responsable y responsivo cuya oferta cumpla con el requisito de
la convocatoria. El IFB debe establecer la hora y lugar para recibir las ofertas y la
Apertura Publica de Subasta.
El IFB incluirá la fecha que el Oficial de Contratación llevará a cabo una Conferencia
Pre-Subasta. El tiempo entre el anuncio del IFB y la fecha de la Conferencia Pre-Subasta
debe ser suficiente para que los licitadores revisen el IFB y se preparen para la
conferencia. Nada dicho en la Conferencia Pre-Subasta cambiará ninguno de los
términos del IFB, excepto una enmienda escrita a la convocatoria.
El periodo entre el anuncio del IFB y la fecha en que la División de Adquisiciones reciba
las ofertas debe también ser suficiente para lograr una competencia efectiva.
C. Especificaciones: Las especificaciones y anejos deben definir claramente los artÃculos
o servicios necesarios para que los licitadores propiamente respondan a la invitación.
Todas las especificaciones deben ser redactadas para los propósitos previstos y para
promover la competencia. La entidad contratante debe asegurarse que no es
excesivamente restrictiva O represente duplicidad. Deben evitarse especificaciones
detalladas sobre los productos.
d. Limitaciones: Deben evitarse las siguientes especificaciones en las solicitudes, ya que
podrÃan limitar la competencia.
1. Requerir experiencia innecesaria y fianza innecesaria.
2. Colocar requisitos irrazonables a firmas para estas cualificar para hacer
negocios.
3. Restricciones geográficas que no son requeridas, ni promovidas por ley federal,
excepto en casos de Contratos de Arquitectura y de IngenierÃa(A/ que pueden
incluir localizaciones geográficas si tal factor de selección provee para
competencia adecuada.
4. Especificaciones de productos de marca O números de catálogos. Nombres de
marca especÃficos pueden usarse únicamente para establecer estándares con
los que el artÃculo debe cumplir para el USO propuesto. Referencias a nombres
de marcas deben ser seguidos por las palabras "O igual". Cuando se utilicen los
nombres de marca O números de catálogos, los licitadores deben ser informados
que tales referencias únicamente establecen estándares deseados, de hecho,
cualquier otro producto que claramente demuestre el estándar es también
aceptable.
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5. Sin embargo, nada en esta polÃtica de adquisición tendrá el efecto de suplantar
la aplicación de las leyes de Puerto Rico sobre licencias profesionales.
e. La apertura de Licitación y Adjudicación:
1. La entidad contratante debe colocar un sello con la fecha a todas las ofertas
recibidas para demostrar que fueron recibidas antes de la fecha lÃmite. La
entidad contratante debe mantener las ofertas en un sitio seguro para asegurar
que no sean abiertas o mal manejadas antes de la apertura.
2. La Licitación Sellada es un proceso público; por tanto, las ofertas tienen que
abrirse públicamente ante la presencia de al menos un (1) testigo. Se permite
que todas las partes interesadas acudan a la Apertura de Licitación.
3. La Apertura de Licitación debe documentarse en una minuta. La minuta debe
indicar:
El nombre de los licitadores;
Los costos totales propuestos de los Licitadores según establecidos en las
ofertas;
La cantidad total de fianzas de licitación (Bid Bonds) sometidas con las
ofertas; y
La fecha y hora en que se recibieron las ofertas.
4. Si se recibieron ofertas bajas, responsivas y responsables iguales, se utilizarán
criterios secundarios para desempatar.
f. Retiro
1. Un licitador podrá retirar la oferta en cualquier momento antes de la Apertura
de Licitación mediante aviso escrito recibido en la División de Adquisición según
establecido en el IFB.
2. Después de la Apertura de Licitación, se permitirá que un Licitador también retire
una oferta si el licitador somete evidencia escrita que claramente demuestra
que se cometió un error. Todas las decisiones para permitir el retiro de una oferta
estarán respaldadas por una decisión escrita firmada por el Oficial de
Contratación o el Director de Adquisiciones, como oficial delegado. Luego de
la Apertura de Ofertas, cambios en oferta(s) y otras disposiciones de las oferta(s)
no serán permitidas.